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«Los casos de acoso sexual a menores a través de internet son más habituales de lo que la gente piensa, pero este ha sido ... uno de especial gravedad, por el número de víctimas identificadas, más de una veintena, y por las conductas que había desarrollado el principal condenado». Jorge Bermúdez, fiscal del caso de acoso sexual que este lunes se cerró en la Audiencia de Gipuzkoa con un acuerdo de conformidad para que los dos acusados sean condenados a un total de 83 y 16 años de prisión respectivamente por presionar a 24 menores (19 uno de ellos y 5 el otro) para conseguir imágenes de índole sexual, asegura que se trata de la pena por un delito de 'grooming' «más alta» impuesta nunca en nuestro territorio, aunque advierte también de que este tipo de delitos de acoso sexual a menores a través de internet «son cada vez más comunes», por lo que anima a no bajar la guardia.
El juicio, que tenía una duración prevista de dos semanas, se resolvió en la primera jornada por un acuerdo de conformidad entre las defensas, la Fiscalía y las acusaciones particulares «ante la solidez de las pruebas presentadas», según destaca Bermúdez. El 'modus operandi' de los condenados era claro. Creaban perfiles falsos en redes sociales en las que se hacían pasar por chicos o chicas de 14 años. A través de estos perfiles, contactaban con las víctimas y entablaban una conversación haciéndoles creer que se estaban relacionando con una persona real de su misma edad. «El principal condenado llegó a contactar con 19 víctimas en territorio nacional, la mayoría en el País Vasco, aunque también lo hizo con otras tantas en otros países de habla hispana, aunque por estos hechos no ha podido ser juzgado», explica Bermúdez.
Semejante volumen de víctimas identificadas hace que los 83 años de condena total que se le han impuesto al principal procesado «sean sin duda la pena más alta» dictada contra un acosador de menores a través de internet en Gipuzkoa. Aunque el fiscal apunta que «el tiempo máximo de cumplimiento de la pena será de 18 años de prisión» porque ninguna de las penas principales supera los 6 años.
En cualquier caso, la contundencia de esta condena sirve a Bermúdez para incidir en que «el acoso a menores a través de internet es un delito más común de lo que la gente puede pensar. Yo mismo he llevado unos cuantos casos en mis 17 años de servicio en Gipuzkoa. Los primeros casos que vi eran a través de Messenger, que ya ni existe».
El también portavoz de la Fiscalía de Gipuzkoa explica cómo actúan estos acosadores. «Lo que buscan siempre es sacar a los menores del entorno de la red social donde establecen el primer contacto, donde más o menos puede haber cierta supervisión de contenidos, y llevarles a los mensajes privados, sobre todo vía WhatsApp». Una vez que se ganan su confianza, intentan engatusarles para conseguir material, generalmente, de índole sexual.
Jorge Bermúdez
Fiscal
¿Y cuáles son las intenciones de estos acosadores? «Pueden ser de dos tipos –expone Bermúdez–. La primera, menos habitual, es aquella en la que el autor intenta llegar a establecer contacto físico presencial con el o la menor. Para eso tiene que ser ya una persona con un perfil de agresor sexual muy potente. Y luego está el que lo único que busca es el dominio a través de internet. Hacer que el chaval haga ciertas cosas que le excitan sexualmente». En este sentido, el fiscal apunta que «hay una sentencia de hace pocos años del Tribunal Supremo que dice que, cuando se fuerza a una persona a desarrollar conductas sexuales, aunque sea de masturbación, es un atentado contra la libertad sexual y, por lo tanto, es una agresión sexual». Lo que lleva a que «el único delito que no se podía cometer a través de internet, que era el de violación, pues ahora resulta que sí, también se puede cometer a través de internet».
Jorge Bermúdez
Fiscal
Este segundo perfil de acosador «busca conseguir contenido en vídeo de sus víctimas. No se conforman con material grabado que puedan encontrar en internet o en intercambio con otros usuarios, sino que les excita conseguir su propio material con sus propios menores. Es un poco una evolución del sujeto que comienza buscando material de abuso sexual infantil, lo que antes conocíamos como pornografía infantil, y al final acaba dando el salto a buscar menores reales con los que logra entablar una relación de comunicación. Quiere material fresco e inducido por él, bajo su dirección».
Como demostración de que el 'grooming' es un tipo de delito bastante común, Bermúdez detalla que en estos momentos en Gipuzkoa hay en marcha dos casos de acoso sexual a menores a través de internet. «El primero es un caso que conocemos como el de 'La Diosa'. Recibe ese nombre porque el perfil inicial con el que el procesado contactaba con sus víctimas era el de una supuesta 'madame' que usaba el alias de 'La Diosa'». A través de ese perfil, contactaba con chicas jóvenes, «algunas menores de 16 años», y les hacía ver el buen nivel de vida que podían alcanzar a través de la prostitución. Este caso está pendiente de juicio.
Otro caso «más complicado» que la Fiscalía de Gipuzkoa tiene entre manos es el de un profesor de un colegio de Hondarribia que, presuntamente, hacía insinuaciones de índole sexual a adolescentes «de 14 o 15 años». «Pero lo hacía de forma muy ambigua, sin proposiciones concretas, por lo que será más difícil demostrar su culpabilidad», indica Bermúdez.
Una constante en la forma de proceder de estos acosadores por internet es que acostumbran a esconderse tras una identidad falsa para establecer los primeros contactos con sus víctimas. «Es normal. Si eres un hombre poco agraciado y escribes a un adolescente por una red social, los chavales y chavalas salen huyendo. Pero si le entras a un chico heterosexual haciéndote pasar por una adolescente bien parecida, pues el chaval piensa 'he ligado' y está más expuesto a ser inducido a hacer cosas que normalmente no haría», señala el fiscal.
En el caso del condenado esta semana a 83 años de prisión, «se hacía pasar por una chica y les mandaba fotos reales que tenía colgadas en un disco duro en la nube, donde podía tener 200.000 archivos de material sexual infantil. Entonces se podía servir a 'a la carta' para que sus víctimas vencieran su resistencia y grabaran vídeos para mandárselos».
En este caso, si la relación fluía al mismo ritmo que el tráfico de imágenes sexuales, no había problema. Pero si alguna de las víctimas se mostraba reticente a enviar imágenes, los condenados se servían «de un segundo teléfono y perfil falso» para introducir a una 'tercera persona' que volvía a contactar con el menor para hacerle ver que habían llegado a su poder imágenes íntimas de la víctima que podían ser publicadas. De este modo, los menores se veían en la necesidad de seguir enviando más contenido propio, lo que les sumía en «procesos de verdadero miedo y angustia». Uno de ellos intentó suicidarse.
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