Gipuzkoa suaviza a 3.000 jóvenes los requisitos de la cuenta vivienda ante la crisis inmobiliaria
Hacienda permite a los contribuyentes reintegrar solo la deducción del año más antiguo, frente a la devolución total exigida hasta ahora
La reforma fiscal de Gipuzkoa ha introducido un cambio sustancial en el sistema de penalización de la cuenta vivienda, especialmente para los contribuyentes menores de ... 36 años. Esta modificación, que entró en vigor el 1 de enero de 2025, transforma radicalmente el impacto económico cuando finaliza el plazo sin que se haya adquirido la vivienda habitual. De esta manera, el fisco guipuzcoano permite ahora a los contribuyentes reintegrar solo la deducción del año más antiguo, frente a la devolución total exigida antes de la reforma fiscal aprobada este año.
La Hacienda foral registra cada año, en el marco de la campaña de la Renta, alrededor de 3.000 contribuyentes adheridos a una cuenta vivienda, una cifra que se disparó en 2023, cuando se alcanzó el récord desde 2012 con 3.806 guipuzcoanos acogidos a este incentivo fiscal. Esta cifra bien podría subir en los próximos años, ya que la edad para beneficiarse de las ventajas fiscales en materia de vivienda pasa de los 30 a los 36 años. Será en la campaña de la Renta de 2026 cuando se conozca este dato.
Estos cambios regulatorios llegan en un momento especialmente delicado para Gipuzkoa, donde la tensión en el mercado inmobiliario se ha intensificado por la falta de oferta asequible y el encarecimiento sostenido de la vivienda. En este contexto, la flexibilización del régimen de penalizaciones y la ampliación de los plazos hasta los 10 años buscan aliviar la presión sobre los contribuyentes, sobre todo los más jóvenes, y ofrecer un margen adicional para planificar la compra de vivienda habitual en un entorno de creciente dificultad de acceso.
Bajo la regulación anterior, cuando expiraba el plazo de 6 años sin materializar la compra de vivienda, el contribuyente se veía obligado a devolver la totalidad de las cantidades que había deducido durante todos esos años. Esta penalización global suponía una devolución íntegra de todas las deducciones practicadas, junto con los correspondientes intereses de demora.
La nueva normativa modifica este sistema de manera significativa. Con efectos desde 2025, cuando finaliza el plazo de materialización sin que se haya comprado la vivienda habitual, solo resulta penalizada la cantidad deducida en el ejercicio más antiguo, es decir, el contribuyente tan solo se ve obligado a devolver un año. Esto representa un cambio fundamental respecto a la anterior regulación que castigaba con la devolución completa.
El plazo se amplía hasta los diez años para menores de 36 y se aplica también a quienes abrieron la cuenta antes de 2025
Para los contribuyentes jóvenes menores de 36 años que disponen ahora de un plazo ampliado de 10 años, la penalización anual se produce de forma gradual. En el año 11 desde la apertura de la cuenta, solo deben devolver la deducción aplicada en el primer año. En el año 12, la devolución afecta únicamente a la deducción del segundo año. Este proceso se repite cada año posterior, permitiendo que las cantidades más recientes permanezcan en plazo de materialización.
Para aquellos contribuyentes mayores de 36 años, que mantienen el plazo de 6 años, el sistema funciona de manera equivalente. En el año 7 desde la apertura devuelven solo la deducción del primer año; en el año 8, la deducción correspondiente al segundo año, y así sucesivamente en cada período posterior.
La edad para beneficiarse de las ventajas sube de los 30 a los 36 años, por lo que se esperan más contribuyentes con esta cuenta
Esta modificación elimina la penalización catastrófica que suponía devolver la totalidad de las deducciones. El nuevo modelo gradual permite que los contribuyentes conserven la mayoría de sus beneficios fiscales incluso después de que expire el plazo inicial, siempre que mantengan la disponibilidad de las cantidades depositadas para futuras adquisiciones de vivienda habitual.
Además, esta ampliación tiene efectos retroactivos, puesto que para aquellos contribuyentes que hubieran abierto la cuenta antes de 2025 siendo menores de 36 y cuyo plazo de seis años no hubiese expirado al cierre de 2024 también podrán beneficiarse de los diez años. Desde Sayma, expertos en fiscalidad, arrojan algo de luz con el siguiente ejemplo práctico. Imaginemos que un contribuyente guipuzcoano llamado Xabier abrió su cuenta vivienda en 2019 con 32 años. Su plazo de 6 años acababa en 2025, pero ahora se lo ampliarán hasta 2029. La ampliación del plazo a 10 años para menores de 36 años responde a objetivos claros de política fiscal. Gipuzkoa ha establecido que el objetivo principal es abordar el problema del acceso a la vivienda, particularmente para las personas más jóvenes.
El tipo pasa del 18 al 23%
A esta medida se añade un incremento en el porcentaje de deducción, que pasa del 18 al 23% con un límite máximo anual de 1.955 euros. A ello se suma una novedad relevante. Y es que en el ejercicio en el que se formalice la compra de la vivienda habitual, dejará de aplicarse el límite anual de deducción. Esto permitirá a los jóvenes aplicar la deducción en cuantía máxima que permita su cuota líquida el año en el que adquieren la vivienda, respetando siempre el máximo de 36.000 euros de crédito fiscal. Con este mecanismo se facilita el acceso efectivo al beneficio fiscal en el momento en que más se necesita. Para el resto de contribuyentes, se mantienen los porcentajes y límites vigentes hasta ahora.
Será a partir de 2026 cuando entrará en vigor un nuevo criterio vinculado a la capacidad económica. Solo podrán aplicar la deducción por vivienda, ya sea por adquisición o por cuenta vivienda, aquellos contribuyentes cuya base liquidable y, en su caso, del ahorro (no se suman), sea igual o inferior a 68.000 euros anuales. No obstante, quienes iniciaran su cuenta vivienda o cualquier proceso asimilado a la adquisición antes del 1 de enero de 2026 quedarán al margen de este límite durante todo el ciclo de vida de la operación, lo que asegura la continuidad del régimen anterior para los procesos ya iniciados.
Gipuzkoa fue el único territorio que mantuvo la deducción en 2013
En el gráfico que acompaña a esta información puede observarse la evolución del número de declaraciones con cuenta vivienda en los últimos 15 años en Gipuzkoa, donde se aprecia una descenso abrupto entre los años 2013 y 2017.
Conviene resaltar que el 1 de enero de 2013 se suprimió la deducción por aportaciones a cuentas vivienda en el conjunto del Estado, pero no en Gipuzkoa. Mientras que los contribuyentes que habían adquirido vivienda antes de 2013 podían seguir deduciéndose por hipotecas y rehabilitaciones, los que tenían dinero depositado en cuentas vivienda no podrían deducir nuevas aportaciones a partir de 2013.
Aunque la reforma estatal de 2013 eliminó las deducciones generales, Gipuzkoa adoptó su propia Norma Foral 3/2014 de 17 de enero en 2014, que regulaba el IRPF en su territorio.La Hacienda foral decidió así mantener deducciones por vivienda, aunque con características diferentes a las previas y algunos cambios en límites y plazos específicos.
Aunque Gipuzkoa no suprimió la deducción por cuenta vivienda como hizo el Estado, el descenso de declaraciones entre 2013 y 2017 en Gipuzkoa respondería a varios factores. En primer lugar, la población dejó de hacer aportaciones masivas a cuentas vivienda porque el mercado estaba estancado y los incentivos generales en toda España eran mucho menores. Además, la eliminación estatal provocó confusión a los contribuyentes. Muchos pensaban que la deducción había desaparecido completamente. Gipuzkoa fue así el único territorio del Estado que mantuvo deducciones fiscales por vivienda después de 2013. Esto sugiere que el descenso en Gipuzkoa atendió a cambios regulatorios parciales, cambios en las condiciones del mercado, o reformas posteriores de la Hacienda foral.
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