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El último escándalo que hizo temblar los pilares de la Hacienda foral de Gipuzkoa y puso en jaque hace una década al Gobierno foral del ... PNV se ha saldado con un varapalo judicial. Víctor Bravo, el que fuera director del fisco entre 1991 y 2003, fue condenado este viernes a una pena de 7 años de cárcel y un pago de casi 4 millones de euros -entre multas e indemnizaciones- por tres delitos contra la Hacienda pública. La sentencia del Juzgado de lo Penal número 1 de San Sebastián, a la que ha tenido acceso EL DIARIO VASCO considera probados los hechos. Es decir, dictamina que Bravo ayudó a una empresa de la que era socio -Glass Costa Este Salou- a fingir que tenía su sede fiscal en Gipuzkoa para acogerse a beneficios fiscales que sólo existían en el territorio.
La sentencia carga contra el exdirector de la Hacienda guipuzcoana por usar su cargo para cometer el fraude -cifrado en 1,9 millones- y justifica la extensión de las penas por aprovecharse de dicha condición con el único objetivo de defraudar a la Hacienda Pública, cuando su labor era la contraria, defender el interés público.
El caso salió a la luz tras una investigación que capitaneó el entonces fiscal jefe de Gipuzkoa, Jaime Goyena, en colaboración con la Agencia Tributaria y la Hacienda guipuzcoana. Era el año 2009 y suponía el segundo 'tsunami' en la Hacienda foral de Gipuzkoa, cuya credibilidad estaba en tela de juicio tras el fraude de la Hacienda de Irun, que acabó con la condena a diez años del que fuera director de la oficina de la localidad fronteriza, José María Bravo, hermano del ahora juzgado.
La Fiscalía de Gipuzkoa sostuvo en su acusación que ambos acusados -Víctor Bravo y Fernando Isidoro González-planificaron la forma en la que Glass Costa Este Salou pudiera disfrutar, «ilícitamente», del Régimen Especial de Sociedades de Promoción de Empresas, fórmula que representaba «considerables» ventajas fiscales para los acusados. Ambos, según el escrito, «pergeñaron una estrategia con el fin de burlar» los requisitos exigidos por la norma foral y «simular» que el domicilio fiscal de la empresa y el suyo propio radicaban en Gipuzkoa. Y señala que Bravo, como director de la Hacienda foral, era sabedor del funcionamiento interno y fiscal del departamento.
La empresa: Glass Costa Este Salou se constituye en 2001 como cabecera del grupo F&G, que controlaba el 100% de 18 empresas dedicadas a la explotación y promoción inmobiliaria ligadas a las hostelería y la hotelería.
Los sentenciados: Fernando Isidoro González Enfedaque, administrador que controla directa e indirectamente el 80,3% de la empresa. Víctor Bravo, que adquiere una participación directa del 1,65% e indirecta del 7,16%. Las mujeres de los acusados, Yolanda Zuinaga y Arantza Arbelaitz, Rufino Eizaguirre y Jesús Jiménez, inicialmente imputados, quedaron finalmente fuera del proceso judicial.
El fallo firmado por la magistrada María Ángeles Rubio Gabás sostiene que tanto Víctor Bravo como Fernando Isidoro González idearon un plan para que la empresa tributara en Gipuzkoa y se acogiera al régimen fiscal de las SPE -Sociedad de Promoción de Empresas-, una especie de capital riesgo que comportaba importantes beneficios fiscales y que no existía en el resto del Estado.
La concesión: La dirección de Hacienda concede el régimen de SPE a Glass Costa en febrero de 2002. Lo hace mediante orden foral. En ese procedimiento, las Juntas Generales y las acusaciones denunciaron a Bravo por no haberse abstenido en el procedimiento ni informado a sus superiores de su condición de socio de la empresa.
El plan: La sentencia considera probado que los acusados, por su intervención y cooperación, idearon la deslocalización interesada de Glass Costa Este Salou en Gipuzkoa para una serie de operaciones que no perseguían ningún motivo económico válido, sino que se planearon minuciosamente con la única finalidad de «beneficiarse indebidamente» de los incentivos fiscales.
Responsabilidad de Bravo. La magistrada concluye su sentencia responsabilizando a Bravo por el uso que hizo de su cargo como director de la Hacienda de Gipuzkoa aprovechándose de dicha condición y cargo para «cooperar» en la comisión de los hechos enjuiciados y encontrar una mayor facilidad para su perpetración, con el «único objetivo de defraudar a la Hacienda Pública y, en definitiva, a todos los ciudadanos».
Las cuotas defraudadas: Según la sentencia, Glass Costa defraudó a la Hacienda de Gipuzkoa en el Impuesto de Sociedades un total de 1.559.493 euros. En concreto, 922.613 euros en 2003, 441.547 euros en 2004 y 195.332 euros en 2006.
El juicio: Se celebró el 17, 18 y 19 de septiembre en Donostia.
Las condena: Siete años de prisión para Víctor Bravo y una multa de 3,89 millones de euros, conformada por una sanción de 3.118.987 por la multa del doble de la cuantía defraudada y otra de 779.746 por la indemnización a la Hacienda estatal. En el caso de Fernando Isidoro, 3 años de cárcel y una multa de 2,27 millones: 1.500.000 por la multa del doble de la cuantía defraudada y 779.746 por la indemnización.
En la denuncia original de 2009 Víctor Bravo era acusado de cinco delitos contra la Hacienda pública, dos de cohecho, uno de prevaricación y otro de omisión del deber de perseguir delitos. La denuncia provocó una comisión de investigación en las Juntas que sacó a relucir enormes lagunas en el funcionamiento de la Hacienda foral durante sus 12 años como director, y concluyó declarándole responsable político del caso. Pero Víctor Bravo se enfrentó finalmente en el juicio únicamente a tres presuntos delitos contra la Hacienda pública, los relativos al supuesto fraude en el Impuesto de Sociedades.
Volviendo a la sentencia hecha pública, a Bravo se le impone una multa de 3.118.987 euros y pierde la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante tres años -al igual que al otro imputado-.
En cuanto al otro acusado, el que fuera administrador de Glass Costa Este Salou, socio y amigo de Bravo, Fernando Isidoro González, se le condena a tres años de prisión como autor penalmente responsable de tres delitos contra la Hacienda pública, con la atenuante de reparación del daño causado y de dilaciones indebidas. También le impone una multa de 1.500.000 euros. Además, en concepto de responsabilidad civil, ambos condenados deberán indemnizar conjunta y solidariamente a la Hacienda pública estatal con la cantidad de un 1.559.493,60 euros, más los intereses moratorios, por lo que la sanción se eleva hasta los 3,89 millones en el caso de Bravo y hasta los 2,27 millones para González.
La resolución judicial da constancia de que Fernando Isidoro González consignó en la cuenta de depósitos y consignaciones del juzgado la cantidad total de un millón de euros. La sentencia no es firme y contra la misma las partes pueden interponer recurso de apelación ante el Juzgado número 1 de San Sebastián dentro de los diez días siguientes a su notificación, cuyo conocimiento corresponderá a la Audiencia Provincial de Gipuzkoa.
La Fiscalía solicitó en el juicio nueve años de cárcel -elevó la petición el último día de la vista oral de seis a nueve años- para el exsenador del PNV, al considerar que había defraudado más de 1,5 millones de euros a través de la sociedad Glass Costa Este Salou, en lo referente a la cuota de Impuesto de Sociedades de 2003, 2004 y 2006. También solicitó la misma condena para él la Abogacía del Estado, en representación legal de la Agencia Tributaria.
Para González, administrador de la citada sociedad, la Fiscalía pedía cuatro años y medio de cárcel. Por su parte, la acusación particular, que ejercía la abogacía del Estado, solicitaba penas de nueve años de prisión.
La magistrada María Ángeles Rubio Gabás analiza punto por punto en su sentencia -consta de 149 páginas- todas las claves de este mediático y complejo asunto. Mediático porque obligó a comparecer como acusado al exdirector de la Hacienda foral de Gipuzkoa, una figura política relevante en cualquier lugar. Y complejo porque durante los tres días de la vista oral que tuvo lugar en septiembre en los juzgados de San Sebastián, comparecieron decenas de técnicos y peritos de la Hacienda local y estatal en unas intervenciones que fueron absolutamente técnicas, repletas de detalles fiscales de máxima dificultad.
La jueza asegura que Víctor Bravo debe responder de los hechos enjuiciados como «cooperador necesario» porque «ha resultado acreditado» que Bravo cooperó en la comisión de los hechos mediante actos sin los cuales no se hubiesen podido llevar a cabo. Lo razona porque Bravo fue director de la Hacienda foral desde noviembre de 1991 hasta julio de 2003, periodo de tiempo en el que se «fraguaron y realizaron» las operaciones societarias que dieron lugar a la «defraudación». Agrega que Bravo no desempeñaba únicamente labores de gestión política, sino que asumía «otras muchas funciones», sobre estructura orgánica y funcional del departamento, como por ejemplo las relacionadas con la recaudación, gestión e inspección en los expedientes en que concurran circunstancias especiales. De ahí que la sentencia añada que Bravo conocía «perfectamente» la normativa foral y los beneficios fiscales para las sociedades con domicilio fiscal en territorio guipuzcoano.
La jueza dice que «resulta evidente» que Bravo debía haberse abstenido en el expediente de concesión del régimen de SPE a Glass Costa Este Salou, al ser socio de la misma y tener una amistad íntima con quien era en ese momento, presidente de su consejo de administración y, por ello, tener un interés personal y directo.
La magistrada dictamina que el papel de Víctor Bravo como director de Hacienda fue fundamental como «cooperador necesario» de los delitos «al haber aportado» la cobertura técnica, normativa y competencial derivada de su cargo, de sus funciones y de cómo ejercía las mismas; por su participación en el capital social de Glass Costa Este Salou así como en otras sociedades del grupo empresarial, el conocimiento de la normativa foral, de los requisitos exigidos en la misma para obtener determinados beneficios fiscales, el conocimiento de qué estrategia seguir para acogerse a los mismos y el conocimiento de cómo funciona la Hacienda Foral y la inexistencia de conexión entre las bases de datos de la Hacienda Foral y Estatal, y todo ello con la máxima cobertura y tranquilidad que representaba el ser el máximo responsable de la organización y dirección de la gestión tributaria, recaudación e inspección de la Hacienda Foral.
Director de Hacienda: Víctor Bravo se aprovechó de su cargo para cooperar en la comisión de los hechos»
Finalidad: El único objetivo de Bravo fue defraudar a la Hacienda Pública y a todos los ciudadanos»
Glass Costa Este Salou: Las operaciones se planearon con el único objetivo de beneficiarse de los incentivos fiscales»
Competencias: Bravo aportó la cobertura técnica, normativa y competencial derivada del cargo que ostentaba»
Sociedad Promoción Empresa: «Resulta evidente que Bravo debía haberse abstenido en la concesión de la SPE a Glass Costa»
En la página siguiente de la sentencia, la magistrada agrega que las operaciones societarias «no perseguían» ningún motivo económico válido, sino que se planearon minuciosamente con el único objetivo de «beneficiarse indebidamente» de los beneficios fiscales que en ese momento reconocía la normativa foral a las sociedades domiciliadas en territorio foral y, causando un perjuicio a la Hacienda Estatal.
La sentencia concluye de forma contundente que el papel de Víctor Bravo fue relevante ya que se hizo valer de su cargo como director de la Hacienda guipuzcoana durante doce años para cooperar en los tres delitos contra la Hacienda Pública. La magistrada asegura que la extensión de las penas tiene su fundamento en el «especial desvalor que merece» la conducta del exdirector del fisco del territorio «aprovechándose de dicha condición» y cargo para «cooperar» en la comisión de los hechos enjuiciados y encontrar una mayor facilidad para su perpetración, con el «único objetivo de defraudar a la Hacienda Pública» y, en definitiva, a todos los ciudadanos.
Desde el ámbito de la política, EH Bildu aseguró que la condena a Bravo «constata la necesidad de una regeneración democrática en Gipuzkoa».
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