Aceptar o renunciar a la herencia, ¿qué es más beneficioso?

El impacto del Covid en el aumento de fallecidos ha traído consigo un mayor número de herencias y también de consultas con los abogados para saber si se pueden rechazar

Mikel Madinabeitia

San Sebastián

Domingo, 6 de noviembre 2022, 07:14

Recibir una herencia es un proceso al que todos nos debemos enfrentar en la vida. Al proceso doloroso que supone la pérdida de un ser ... familiar se le puede sumar, en algunos casos, unos trámites administrativos farragosos, disputas familiares o incluso la obligación de renunciar por problemas, fundamentalmente, económicos. Además, no hay que olvidar que la crisis sanitaria de la COVID-19 ha provocado un mayor número de fallecimientos y, en consecuencia, de herencias, al mismo tiempo que la inflación ha empeorado la situación económica de los ciudadanos.

Publicidad

Un contexto que ha supuesto que las consultas a los abogados sobre la posibilidad de renunciar a la herencia hayan crecido notablemente en los últimos meses por la imposibilidad de los herederos de hacer frente al pago de los costes que acarrea aceptarla y a las deudas del fallecido. Con la ayuda de Cristina Del Puerto, abogada experta en Derecho Civil de Legálitas, analizamos, entre otras cuestiones, qué supone el rechazo de una herencia o qué consecuencias conlleva.

  1. 1

    ¿Cuáles son las razones por las que se rechazan las herencias?

Son tres principales. La más importante, la que corresponde a la masa hereditaria –el conjunto de bienes, derechos y obligaciones titularidad del difunto al momento de su fallecimiento–. Hablamos de bienes inmuebles –viviendas, fincas rústicas, terrenos...–, hipotecas, préstamos... La segunda causa es por las deudas que tienen los propios herederos. Y la tercera, por disputas familiares. Estos casos se dan, sobre todo, en las herencias normales, las no abultadas, seguramente por motivos de necesidad.

Causas

Las tres principales por las que se rechazan son las deudas del fallecido, las deudas de los herederos y las disputas familiares

  1. 2

    ¿Se rechazan herencias por la incapacidad económica de abonar el Impuesto de Sucesiones?

Sí, se ha dado en algunos casos. Lo normal es poder afrontar una herencia, porque el impuesto está bonificado total o parcialmente en algunas comunidades autónomas. Lo que sí conocemos es que algunas personas estén obligadas a pedir un préstamo para poder afrontar el pago del tributo.

Publicidad

Impuesto de Sucesiones

Se dan casos de personas que están obligadas a pedir un préstamo para poder afrontar la obligación tributaria

  1. 3

    ¿Es posible renunciar a una herencia y qué plazo existe para hacerlo?

La renuncia a la herencia es un derecho que puede ejercer cualquier ciudadano, independientemente de la persona de quien seamos herederos. Lo importante es formalizar el rechazo de forma expresa y ante notario. No hay un plazo legalmente establecido, pero hay que tener claro que no se puede aceptar o renunciar a la herencia antes de tener la condición de herederos.

  1. 4

    ¿Se pueden conocer las deudas y beneficios de la herencia antes de tomar la decisión de renunciar?

Una vez que somos herederos, y se acredite dicha condición a través del testamento o declaración de herederos, se puede pedir toda la información relacionada con los bienes que forman parte de la masa hereditaria, tanto derechos como obligaciones, para de este modo decidir si aceptar o renunciar.

Publicidad

  1. 5

    ¿Renunciar al testamento conlleva algún coste?

La renuncia ha de llevarse a cabo en escritura pública, es decir, ha de formalizarse a través de escritura notarial. Para ello, se puede acudir a cualquier notario, independientemente de la localidad, provincia o comunidad autónoma en la que se encuentre y con el certificado de fallecimiento de la persona por la que nos hemos convertido en herederos, así como, en su caso, su testamento o declaración de herederos, firmamos escritura de renuncia.

  1. 6

    ¿Es posible aceptar una parte de la herencia y otra no?

No. La aceptación no puede ser de la parte que interese. La aceptación implica aceptar todo lo relacionado con la herencia, tanto derechos como obligaciones. Es decir, en una herencia no podemos elegir con qué bienes interesa quedarnos y a cuáles se quiere renunciar. Si se acepta la herencia se hace con todas sus consecuencias, del mismo modo que si se renuncia se hace una renuncia de todo.

Publicidad

  1. 7

    Y si acepto la herencia, ¿puedo arrepentirme y renunciar a ella posteriormente?

No, del mismo modo que si se renuncia no es posible aceptarla después, a la inversa igual, de acuerdo con la doctrina de los actos propios, no se puede ir en contra de los propios actos, por lo tanto, una vez que se acepta la herencia no es posible renunciar.

  1. 8

    ¿Qué sucede si solo uno de los herederos quiere renunciar?

La renuncia de la herencia es personal e independiente, por lo que cada heredero decide si quiere renunciar a ella o no. Aunque la renuncia es irrevocable, si se renuncia no es posible arrepentirse, y querer luego aceptar la herencia. Dependiendo de si somos herederos forzosos o no y de si hay testamento o no, el hecho de renunciar puede implicar que la herencia acrezca al resto de los herederos, es decir, que al resto de los herederos les incremente la proporción que les corresponde o bien que pase a nuestros sucesores (en el caso de herederos forzosos o en el caso de que en el testamento se recoja dicho derecho de representación).

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Suscríbete los 2 primeros meses gratis

Publicidad