El Tribunal Supremo determina que las empresas no pueden obligar a trabajar los fines de semana aunque el contrato sea de lunes a domingo
El Alto Tribunal dictamina en una sentencia que cambiar una jornada habitual de lunes a viernes para incluir sábados y domingos altera la organización vital y laboral del empleado y debe ser negociada
J. F.
Martes, 25 de noviembre 2025, 18:45
Una sentencia del Tribunal Supremo ha establecido un precedente importante en el ámbito laboral que afecta a todos los trabajadores. El alto tribunal ha anulado la obligación impuesta por una empresa a sus trabajadores de prestar servicios los sábados y domingos, al considerar que esta decisión unilateral implicaba una modificación sustancial de la jornada laboral.
La sentencia, identificada como 1643/2025, surge a raíz de una demanda colectiva presentada por 42 trabajadores, representados por la Confederación General del Trabajo (CGT). El conflicto afectó a empleados que, aunque contaban con contratos que podían contemplar la posibilidad de trabajar de lunes a domingo, siempre habían desarrollado sus tareas habitualmente de lunes a viernes.
La empresa exigió trabajar los fines de semana amparándose precisamente en una cláusula contractual que establecía una jornada «de lunes a domingo,» siempre que se garantizasen dos días de descanso semanal. No obstante, el Supremo resolvió que el cambio introducía una alteración tan relevante en las condiciones laborales ya consolidadas que no podía ser impuesta de forma unilateral.
Decisión sin pacto
Los trabajadores recurrieron al Tribunal Supremo argumentando que la compañía había vulnerado el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores. Este artículo exige que cualquier modificación sustancial de carácter colectivo debe ir precedida de un periodo de consultas o de un pacto previo entre la empresa y los representantes de los empleados.
El Tribunal Supremo concluyó que la decisión empresarial de obligar al trabajo los sábados y domingos carecía de validez al no haber sido negociada ni pactada. Si un trabajador desarrolla su jornada habitual de lunes a viernes, obligarlo a trabajar fines de semana altera su organización vital y laboral, lo que requiere negociación y acuerdo.
La empresa debe justificar
La resolución marca un límite clave para las empresas, ya que no basta con que el contrato incluya una cláusula general de disponibilidad de lunes a domingo para legitimar cualquier modificación posterior. Para que un cambio profundo del horario sea válido, la empresa debe seguir el procedimiento legal: negociar y justificar la modificación por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción acreditadas, además de notificar el cambio con un preaviso mínimo de quince días a la plantilla y sus representantes.
Esta sentencia refuerza la protección de los trabajadores frente a prácticas irregulares de empresas que tratan de aprovecharr la falta de claridad de algunos contratos para imponer tareas fuera del horario habitual.