Los guipuzcoanos arruinados que se acogen a la ley de Segunda Oportunidad se triplican en tres años
La reforma de la norma concursal dispara las peticiones en los juzgados del perdón de la deuda, con casi 300 expedientes en 2025
Los guipuzcoanos que se han acogido a la Ley de Segunda Oportunidad –mecanismo que permite a autónomos y particulares la cancelación, bajo ciertos requisitos, de ... las deudas contraídas en su negocio o vida personal– se han triplicado en tres años. Según los datos proporcionados por el juzgado de lo Mercantil de San Sebastián, en 2022 se registraron 85 concursos de personas físicas en Gipuzkoa, mientras que dos años después fueron 279, más del triple. Con la estadística hasta el tercer trimestre de 2025 en la mano, la cifra acumulada invita a pensar en un nuevo récord, lo que contrasta con la evolución de los expedientes de personas jurídicas o empresas –ver gráfico adjunto–.
¿Pero a qué se debe este 'boom' de procesos? Abogados especializados consultados por DV confirman que la reforma concursal de 2022 ha transformado el mapa de la insolvencia en Gipuzkoa. Así se expresan Borja Ocio, responsable de Bancario y Consumo de Hidalgo Abogados y Asesores, y Marina Muñoz y Juan Luis Alfaro, pertenecientes al área mercantil de Grupo Asegi. Los tres tienen claro que este cambio legislativo ha impulsado un notable aumento de solicitudes entre particulares y autónomos. «Es un procedimiento rápido», resume Ocio, que permite que cientos de personas atrapadas por deudas imposibles debido a la crisis financiera, la pandemia, una mala marcha del negocio, quedarse en el paro o tener un accidente encuentren una vía real para empezar de cero.
La clave del crecimiento está en la simplificación del sistema. Ocio destaca que la reforma introdujo un procedimiento específico para microempresas y autónomos, mucho más ágil y estandarizado –además de más barato, ya que se ahorran los costes fijos y obligatorios del mediador concursal y los trámites asociados a la fase extrajudicial–. Este cauce, explica, nada tiene que ver con los largos concursos empresariales tradicionales. Ahora se puede resolver un expediente en el juzgado de lo Mercantil «en menos de seis meses», aclara, cuando antes un proceso similar podía prolongarse durante años.
La cifra
792 procesos concursales
de personas físicas se han registrado en Gipuzkoa desde 2022.
El fenómeno afecta sobre todo a particulares sin actividad económica. Según los datos que maneja Ocio, del total de concursos presentados en España en el segundo trimestre de 2024, «7.000 eran sin actividad empresarial y 9.000 con actividad». En estos perfiles abundan las personas que han sufrido crisis laborales, divorcios, adicciones como el juego o las drogas o malas rachas económicas que les arrastraron a créditos rápidos y deudas encadenadas. En muchos casos, dice, «se han visto totalmente sobrepasadas por la deuda».
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Análisis riguroso
Los magistrados analizan si las circunstancias que llevaron al endeudamiento fueron sobrevenidas y no fruto de un comportamiento fraudulento. «Uno de los requisitos es que sea deudor de buena fe», recuerda el abogado, aunque admite que existen criterios dispares. Algunos jueces consideran que personas con adicciones que han iniciado tratamiento sí cumplen esta condición, mientras que otros no.
Es un procedimiento legal que permite a particulares y autónomos insolventes cancelar o reducir sus deudas financieras
Preguntados por el concepto de buena fe, Alfaro y Muñoz explican que, «como ya dijera el profesor Manuel Albaladejo, la buena fe es un concepto fácil de entender pero muy difícil de explicar. Precisamente por ello la Ley opta por no dar una definición de lo que debemos entender por buena fe sino que la define en función de la ausencia de una serie de circunstancias. Es decir, lo que señala es que se entenderá que el deudor no lo es de buena fe cuando hubiera sido condenado por delitos de naturaleza económica, por infracciones tributarias, de Seguridad Social muy graves o cuando el concurso se hubiera calificado como culpable, salvo que lo sea por retraso en la solicitud. Los concursos se califican como culpables cuando han desaparecido de manera injustificada bienes del patrimonio de la concursada, por ejemplo, o cuando se hubiera presentado en el concurso documentación o información falsa o gravemente inexacta».
El objetivo de esta ley no es premiar comportamientos irresponsables, sino permitir la recuperación económica y social de quienes se han quedado sin margen alguno. «Se consigue dar una segunda oportunidad para que la gente pueda retomar su vida normal» , afirma. Antes, una persona podía pasar la vida entera perseguida por embargos y reclamaciones: «Los acreedores te perseguían toda tu vida». Ahora, además de ver la deuda reducida o perdonada a cero, se suspende el devengo de intereses, se paralizan los embargos o se pueden negociar planes de pagos a través de los cuales es posible refinanciar las deudas y proteger el patrimonio.
La clave del crecimiento de expedientes está en la simplificación del sistema, que agiliza los procesos, y en su abaratamiento
El punto más polémico del sistema sigue siendo la limitación a la exoneración de deuda pública. Hacienda y Seguridad Social solo permiten perdonar hasta 10.000 euros cada una, algo que en la práctica deja a muchos autónomos sin una auténtica liberación. Pero esto podría cambiar pronto. «Algunos juzgados están empezando a decir que esos créditos también se pueden exonerar totalmente», explica Ocio, quien añade que será el Tribunal Supremo quien tenga que armonizar el criterio con la directiva europea que exige justificar esos límites.
La presión recaudatoria de los acreedores públicos también explica parte del incremento de solicitudes. Ocio detalla que son, con diferencia, quienes más acorralan al deudor: «De la Seguridad Social no te escapas… te puede embargar cuentas directamente sin necesidad de procedimiento judicial». Para muchos, la Segunda Oportunidad se convierte así en la única salida para frenar embargos, recuperar estabilidad y mantener su actividad económica.
Para acceder al perdón de las deudas, advierte Ocio, «no siempre hay por qué liquidar el activo. También cabe la posibilidad de llegar a un acuerdo con los acreedores –si bien suelen preferir que se liquide todo y cobrar lo que se pueda–. Otra vía es la falta de bienes. Cuando se produce esta circunstancia, se puede solicitar la exoneración, siempre que sea un deudor de buena fe».
La clave no es premiar comportamientos irresponsables, sino permitir la recuperación económica y social
250.000 euros de media
En cuanto al perfil de las personas que se acogen a este ley, desde Asegi responden que es «difícil» establecer algo concreto. «Si atendemos a los datos publicados por el Colegio de registradores de España, en el último trimestre de 2025 del total de procedimiento concursales presentados, 10.214 lo son de personas físicas sin actividad empresarial y 1.138 corresponden a personas físicas con actividad empresarial. Es decir, en un porcentaje significativo, se trata de autónomos o personas que, habiendo tenido una actividad empresarial o profesional, han cesado en ella y arrastran deudas que suelen alcanzar en torno a los 250.000 euros», agregan.
Las fuentes consultadas defienden con claridad el sentido de esta legislación. Aunque pueda parecer controvertido que alguien quede liberado de la deuda, insisten en que para la economía es preferible permitir que la persona vuelva a funcionar antes que mantenerla en una insolvencia perpetua. «Es mucho más interesante que una persona pueda hacer borrón y cuenta nueva…», señala Ocio. «Puede parecer una contradicción, pero para el conjunto de la sociedad es más positivo», apostilla.
El peso del estigma y la diferencia respecto a la cultura anglosajona
En la cultura europea, declararse insolvente sigue siendo una especie de vergüenza pública. La ruina personal se vive como un fracaso íntimo, algo que se oculta incluso a la familia o al entorno más cercano. Este componente emocional pesa casi tanto como la propia deuda: muchas personas aguantan años de embargos, notificaciones y angustia antes de pedir ayuda porque sienten que arruinarse implica culpa o mala gestión. En cambio, los perfiles que llegan a la Segunda Oportunidad suelen haber atravesado divorcios, enfermedades, crisis laborales o adicciones que nada tienen que ver con la picaresca. Desde el Grupo Asegi opinan que «esta percepción no ha cambiado, aunque sí es cierto que existe una mayor cultura social sobre lo que es y lo que significa el concurso de acreedores de las personas físicas. Cultura que sí existe desde hace mucho tiempo en otros países como EE UU, en los que la bancarrota de las personas físicas cuenta con arraigo social y cultural, sin arrastrar el estigma que en nuestra cultura sigue existiendo aunque quizás a medida que avance su implantación la nueva norma pueda ir desapareciendo».
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