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Los trabajadores de Muebles Xey, en julio de 2017 durante la rueda de prensa en la que solicitaron que el proceso concursal se definiera como culpable. SARA UTRERA
El administrador concursal solicita que se responsabilice a la dirección del cierre de Xey

El administrador concursal solicita que se responsabilice a la dirección del cierre de Xey

Pide al juez que el concurso que dejó en la calle a 170 trabajadores sea declarado culpable | El informe avanza que el auditor no firmó las cuentas de 2016 al haber sido conocedor de «incorrecciones» que «minorarían la cifra de negocios»

ALEXIS ALGABA

Viernes, 25 de mayo 2018, 17:11

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Lo denunciaron a gritos desde un primer momento. No entendían cómo en febrero del pasado año la empresa marchaba con una facturación idónea y tres meses más tarde la dirección solicitaba un concurso de acreedores que terminó con el cierre de la compañía y el despido de 170 empleados. «Queremos que se persiga a los responsables», espetaban ya en julio los trabajadores de Muebles Xey, apoyados por los sindicatos ELA y LAB que pedían que el concurso fuese declarado culpable porque la «mala gestión» de la dirección había llevado al desastre a una firma con 60 años de historia. Casi un año después, el administrador concursal ha solicitado al juez que responsabilice a los mandos de la fábrica del cierre de la misma, tras calificar como culpable el concurso del Grupo Xey.

Esa decisión por parte del administrador concursal fue dada a conocer ayer por ELA. El sindicato argumentó que el administrador -Norgestión & Audyge- «comparte los argumentos que presentó ELA para que la calificación del concurso fuese culpable». Ya desde hace unos meses se venía barruntando esta posibilidad a la vista de los argumentos que en el propio informe provisional del concurso había trasladado a las partes la propia Norgestión. Dicho texto, al que ha tenido acceso DV, dejaba al descubierto ciertas acciones en la gestión de la compañía en los últimos años que podrían haber supuesto un impacto determinante en la última etapa de la firma.

La parte más comprometida del informe es la que se refiere a las auditorías realizadas desde el año 2013. Cabe recordar, para situar las fechas en su contexto, que en 2012 y con unas pérdidas de 8 millones de euros, la compañía en poder de la sociedad de capital riesgo 3i fue adquirida por Victoriano Susperregui, que consiguió una inyección de seis millones tras convencer al Gobierno Vasco y la Diputación de Gipuzkoa. Se logró refinanciar la deuda y acordaron situar a Juan Fano como director general de la empresa.

Las claves

  • 522 acreedores tendría Xey según el listado redactado por el administrador concursal, con una deuda firme de 28,3 millones.

  • 2012 fue el año de entrada en Muebles Xey de su último equipo directivo que estaba comandado por Juan Fano.

  • 33% del accionariado estaba en poder del Gobierno Vasco, que desde 2013 había aportado 1,4 millones al capital.

  • 2 ejercicios contables estima el auditor de cuentas en su informe que podrían haber registrado irregularidades (2015 y 2016).

  • 170 trabajadores completaban la plantilla del Grupo Xey, la mayoría de ellos empleados en la sede de Zumaia.

Así las cosas, la auditoria de 2013, según el informe preliminar del administrador, ya señala que «se plantean dudas acerca de la continuidad de la sociedad». Se realizó una ampliación de capital ese año de un millón de euros -tanto el Gobierno Vasco como la Red de inversores de Cell Finanzas y de LKZ Management la firmaron- y la actividad continuó. Sin embargo, en 2015 el auditor -siempre según figura en el informe al que ha tenido acceso este medio- «continúa poniendo de manifiesto la incertidumbre material acerca de la capacidad de la sociedad para continuar como empresa en funcionamiento».

Los datos de facturación no resultan malos y tras realizar una nueva ampliación de capital, el Ejecutivo vasco y Susperregui acuerdan otorgarle plenos poderes en la dirección a Juan Fano.

Las irregularidades

Pero es el ejercicio 2016 el que termina por justificar la decisión del administrador de solicitar al juez que se declare culpable el concurso. El escrito señala que el auditor emitió el 9 de junio de 2017 su informe sobre las cuentas del año precedente (redactadas en abril de ese año) y en el mismo deniega su opinión sobre las mismas. El auditor, como justificación a esa denegación de opinión, apunta que «en el curso de nuestro trabajo se han puesto de manifiesto deficiencias de control interno que no nos permiten alcanzar una seguridad razonable sobre la inexistencia de incorrecciones materiales en las cuentas anuales adjuntas derivadas de fraude o error». El pronunciamiento añade que «hemos sido conocedores de la existencia de incorrecciones materiales relacionadas con el reconocimiento de ventas que minorarían la cifra de negocios y afectarían tanto al ejercicio 2016 como al ejercicio precedente».

El auditor apuntó que podrían estar maquilladas las facturaciones tanto de 2016 como de 2015

FRAUDE O ERROR

La dirección remitió un mes más tarde unas cuentas con unas ventas 1,6 millones más bajas

RECTIFICACIÓN

La Ley Concursal deja claro que un concurso es culpable si se manifiestan «irregularidades contables»

SEGÚN LA LEGISLACIÓN

Así las cosas, al no estar firmadas las cuentas de 2016 por los auditores, no son contrastables por el administrador concursal. Aun así, y en línea con la asunción de que la información facilitada a la auditoria para confeccionar las cuentas estaba, en cierto modo, adulterada, el administrador único de la compañía, esto es, la dirección, propocionó a fecha de 29 de mayo unas cuentas anuales individuales y consolidadas (sin auditar) en las que reflejaba una cifra de negocios 1,6 millones inferior a la de la auditoria anterior. Eso elevaba en 1,8 las pérdidas acumuladas en el ejercicio 2016.

Esas fechas coinciden además con la petición de una nueva ampliación de capital que la dirección de Xey solicitó a los accionistas, entre ellos el Gobierno Vasco (con una participación del 33%). Sin embargo, la retirada de las cuentas con las que se inició la negociación y la solicitud de una aportación mayor a la inicialmente reclamada incrementó la desconfianza del accionariado, lo que provocó la negativa a esa nueva inyección de capital y precipitó la caída de la firma de mobiliario zumaiarra.

La Ley Concursal

A la luz de dichas posibles irregularidades, el administrador ha decidido trasladar al juez su posicionamiento a favor de calificar el concurso como culpable. Según estipula el artículo 164.1 de la Ley Concursal, «el concurso se calificará como culpable cuando en la generación o agravación del estado de insolvencia hubiera mediado dolo o culpa grave del deudor o, si los tuviere, de sus representantes legales y, en caso de persona jurídica, de sus administradores o liquidadores, de hecho y derecho».

Y en el artículo posterior, el 164.2 se incluyen una serie de supuestos en los que en todo caso el concurso se calificará como culpable. Entre esa casuística se incluyen dos que podrían casar con la situación vivida en Xey, sobre todo el primer ejemplo, que habla de «incumplimiento de la obligación legal de llevar la contabilidad, la doble contabilidad o irregularidades contables relevantes».

Ahora deberá ser el juez el encargado de decidir si la argumentación planteada por el administrador es válida y declara por tanto el concurso culpable con lo que la última dirección de Xey debería responder con su patrimonio al perjuicio causado en la firma.

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