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La nueva ordenanza de terrazas llevó a abrir 36 expedientes el año pasadoJuan F. Manjarrés
ASTIGARRAGA.
Lunes, 13 de enero 2025, 20:19
El 1 de enero de 2024 entró en vigor la Ordenanza reguladora de las ocupaciones de suelo para hostelería y restauración, más conocida como Ordenanza de Terrazas, según remarcan desde el Ayuntamiento, «diseñada con la participación ciudadana y hostelera». En función de la misma, durante el año pasado el Ayuntamiento llevó a cabo una serie de actuaciones y campañas para controlar las actividades de los establecimientos hosteleros, especialmente el cumplimiento de la ordenanza reguladora de terrazas y la del ruido.
Fruto de este trabajo de seguimiento, el Ayuntamiento ha puesto varias advertencias, expedientes y multas. En cuanto al ruido, el Ayuntamiento ha abierto un total de 8 expedientes, unos por tener apagado el medidor, otros por superar el límite del mismo y otros por incumplir otras medidas de la ordenanza. De estos 8 expedientes, en estos momentos 5 están finalizados y se han impuesto multas de entre 1.000 y 1.500 euros y todas ellas han sido cobradas. Los otros tres expedientes están aún sin finalizar.
En lo que respecta a la ordenanza sobre terrazas y ocupación de suelo público, a lo largo del año 2024 el Ayuntamiento ha tramitado un total de 36 expedientes. Como consecuencia de ellos ha emitido 22 apercibimientos, ha impuesto 11 multas (la menor de 50 euros y la mayor de 1.350) y está tramitando otros 3 expedientes en estos momentos. De los 36 expedientes, 24 han sido por colocar más mesas/sillas de las correspondientes al establecimiento hostelero y 9 de ellos han recibido multas.
En este contexto, un caso tuvo bastante notoriedad a lo largo del año pasado, debido a que el propietario de un establecimiento hostelero acusó al Ayuntamiento de vulnerar sus derechos y de tomar decisiones sobre su terraza de forma arbitraria, con la intención de perjudicar a dicho establecimiento. Este establecimiento demandó al Ayuntamiento y recientemente ha dictado sentencia la sala tercera de lo Contencioso-Administrativo de Donostia. «La sentencia desestima el recurso contencioso interpuesto por el propietario del establecimiento hostelero y establece que el Ayuntamiento ha adoptado todas las decisiones conforme a derecho y en cumplimiento de la ordenanza, es decir, que las resoluciones del Consistorio sobre el número de mesas, número de fachadas, la posibilidad de uso del frente de los establecimientos colindantes, la prohibición de colocar mesas en los soportales... son adecuadas», afiman desde el grupo de gobierno local. Esta sentencia es «importante para esclarecer el asunto y aclarar que la actuación del Ayuntamiento, tanto de los técnicos como de las autoridades municipales, ha sido correcta», subrayan. La sentencia aún no es firme y ante ella cabe recurso.
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