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Miércoles, 16 de diciembre 2009, 18:53
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La Audiencia Provincial de Alava ha condenado a un año de prisión y seis años de inhabilitación absoluta a un funcionario de la cárcel de Nanclares de la Oca (Alava) por un delito de abuso en ejercicio de su función al pedir favores sexuales a una interna. El tribunal ha absuelto al acusado de otros tres casos similares aunque reconoce que su actitud fue "totalmente improcedente o inadecuada para un funcionario".
Las cuatro internas denunciaron que el subdirector de seguridad del centro penitenciario entre 2004 y 2005, M.M.A, las solía llamar a su despacho, donde se les insinuaba y les pedía favores sexuales para obtener ciertos privilegios o beneficios penitenciarios. Según ha quedado probado, a una de las internas intentó besarla en dos ocasiones, intentó abrazarla, le dio un masaje en los hombros y le tocó "muy ligeramente el culo". En opinión del tribunal, este comportamiento del acusado revela que "pretendía solicitar sexualmente" a la reclusa.
No obstante, considera que con los halagos y adulaciones hacia las otras tres mujeres "no se puede establecer de manera rotunda que tratara de solicitar sexualmente" a las internas. Así, la Audiencia Provincial considera que aunque los halagos a las presas son "totalmente improcedentes o inadecuados para un funcionario, no constituyen proposiciones implícitas a mantener cualquier tipo de contacto sexual".
Delito de abuso
Por ello, le condena como autor responsable de un delito de abuso en el ejercicio de su función a un año de prisión y seis años de inhabilitación absoluta, así como a indemnizar a la interna con 3.000 euros, mientras que le absuelve de los otros tres delitos.
En la sentencia, que puede ser recurrida, el tribunal advierte que junto a estas cuatro mujeres, otras muchas han relatado hechos similares a lo largo de casi cinco años, algunas de las cuales se hallan ya en libertad. Por ello, descarta que las acusaciones puedan responder a una confabulación ya que "resulta difícil pensar que tantas personas se hayan puesto de acuerdo para contar ciertos hechos".
La Audiencia alavesa rechaza además que las denuncias sean consecuencia de la venganza o la animadversión de las presas hacia el funcionario puesto que "no debe ser nada fácil, conociendo mínimamente el medio o ambiente carcelario, que unas internas, algunas de ellas en prisión todavía, decidan poner en conocimiento de la justicia unos hechos y que sostengan su tesis incriminatoria a lo largo de los años".
Miedo a represalias
El tribunal considera "lógico" que las mujeres no denunciaran los hechos por miedo a represalias ya que "aunque no nos cabe duda de que en un centro penitenciario se respeta el Estado de derecho, las facultades más o menos discrecionales de las personas responsables del centro pueden hacer la vida carcelaria más o menos agradable dentro de los límites de ejercicio de tal Estado".
En este contexto, la Audiencia Provincial de Alava considera que con las reclusas podría producirse una situación "análoga" al caso de las mujeres víctimas de la violencia de genero que a pesar de ser amenazadas o maltratadas vuelven a convivir con su maltratador y le exculpan ya que "nos hallamos ante una situación de dependencia entre el interno y el funcionario, que puede hacer entendible ciertos comportamientos extraños para una persona racional".
"Conforme a máximas de experiencia y según la legislación penitenciaria, el subdirector de seguridad de una prisión, incluso dentro de sus facultades legales más o menos discrecionales, puede condicionar la vida de una persona en el centro carcelario, puesto que el aspecto disciplinario, relacionado con la conducta del interno en el establecimiento penitenciario, puede mediatizar numerosos aspectos del tratamiento y de la vida en prisión", concluye.
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