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La nueva normativa de uso de Mugi entrará en vigor el 19 de febrero

ZUMAIA

La nueva normativa de uso de Mugi entrará en vigor el 19 de febrero

El documento incluye los derechos, obligaciones y prohibiciones, y el régimen de sanciones por infracciones del uso. El reglamento fue aprobado por unanimidad del último Pleno

07.02.12 - 03:46 -
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El Pleno ordinario del mes de enero aprobó por unanimidad la normativa de uso del servicio de préstamo de bicicletas Mugi. Este reglamento refleja las condiciones de uso de dichas bicicletas, así como los derechos, obligaciones y prohibiciones de los usuarios. La normativa entrará en vigor el 19 de febrero.
La aprobación de estas medidas viene precedida por los destrozos y actos de vandalismo acaecidos el último verano, en que 55 de las 58 bicicletas adquiridas hasta aquel entonces fueron averiadas o directamente destrozadas. El Aayuntamiento se vio en la obligación de comprar diez nuevas bicicletas para poder mantener el servicio. Puso en marcha el proceso para la redacción de la normativa de uso y anunció que esperarían hasta julio de 2012 (mes en que concluye el contrato con la empresa Rezikleta) para tomar una decisión sobre el futuro del servicio.
Los responsables municipales fueron variando las condiciones de uso debido a estos destrozos. De esta manera, se incrementó la edad mínima para acceder al servicio a los 18 años y el plazo máximo de utilización de las bicicletas se redujo de dos a una hora. También varío el horario de funcionamiento de Mugi. Tras la aprobación de la nueva normativa, el servicio funcionará de lunes a jueves de 5.30 a 23.00, los viernes de 5.30 a 22.00, los sábados de 7.30 a 22.00 y los domingos de 7.30 a 23.00. Los viernes y sábados a partir de las 22.00 se procederá a la recogida y almacenamiento de las bicicletas.
La normativa recoge asimismo los derechos que le asisten al usuario, así como las obligaciones y prohibiciones en el uso de las bicicletas, tales como el uso de la bicicleta en competiciones de cualquier clase, así como lugares tales como escalinatas, rampas de garaje, aceras o similares; o el desmontaje o manipulación de la bicicleta, excepto aquellas actuaciones de mera conservación que resulten necesarias para su uso y que no entrañen dificultad alguna para el usuario.
Multas y bajas de servicio
El reglamento también tipifica el régimen sancionador para los infractores. Las infracciones podrán ser tipificadas como leves, graves o muy graves. Se considerarán infracciones muy graves los actos de deterioro grave y relevante de las instalaciones y elementos que integran el servicio; el robo, pérdida o deterioro de la bicicleta o triciclo por uso indebido; o la no denuncia de la pérdida, robo, o hurto de la bicicleta y la no entrega al Ayuntamiento de la denuncia formulada.
Aquellos que sean sancionados por cometer infracciones muy graves recibirán una multa de entre 301 y 1.200 euros, y baja de hasta cinco años del servicio; los infractores graves recibirán una multa de entre 101 y 300 euros y baja de hasta un año en el servicio, y los infractores leves serán multados con una sanción de hasta 100 euros y baja de un mes en el servicio.
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El alcalde y el concejal de medio ambiente en la presentación en octubre de las nuevas bicicletas. :: ROMATET

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