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Facilidades para que los ayuntamientos dispongan del fondo del Plan de Inversiones

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Facilidades para que los ayuntamientos dispongan del fondo del Plan de Inversiones

02.02.12 - 02:05 -
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La Comisión Foral de Régimen Local ha acordado que el Gobierno de Navarra promueva una modificación de la Ley Foral del Plan de Inversiones Locales (PIL 2009-2012) con el objetivo de eliminar obstáculos para que los ayuntamientos navarros puedan disponer del dinero del fondo (37 millones de euros en 2012) para ejecutar obras.
En la actualidad, y desde que el Tribunal Constitucional suspendió la aplicación de la ley foral que permitía a los ayuntamientos navarros endeudarse para acometer obras, los municipios navarros están sujetos a la legislación estatal que rige en el resto de España. Esta normativa impide a los ayuntamientos cuya deuda viva supera el 75% de sus ingresos solicitar nuevos créditos. El dinero del fondo del PIL sirve para financiar el 70% de las obras contempladas en el mismo, y los ayuntamientos deben aportar el 30% restante. Pero, al no poder solicitar créditos para financiar el 30% de las obras que les corresponde, el dinero del fondo tampoco puede ejecutarse. Para evitar esta situación, el Gobierno de Navarra promoverá una modificación de la ley foral que regula el PIL, cuya vigencia concluye en diciembre de este año, para prorrogarlo hasta que se apruebe el nuevo plan y modificar así las condiciones de la ejecución de obras por parte de los ayuntamientos. De este modo, «podrán adquirirse compromisos de gasto a fin de completar la relación de obras incluidas y en reserva del actual Plan de Inversiones, así como las que se incluyan mediante los procedimientos de reconocida urgencia y emergencia». La reforma del PIL incluirá la posibilidad de que el Gobierno aumente el porcentaje de financiación del 70 al 100% «del importe auxiliable de las inversiones correspondientes a planes directores, programación local y urbanización de travesías», cuando el ayuntamiento en cuestión haya solicitado acogerse al denominado régimen excepcional. Aquellos ayuntamientos que, por su nivel de deuda, se hayan visto imposibilitados para financiar inversiones previstas en el plan, dispondrán de un plazo de 15 días hábiles para poder ajustar la inversión prevista a su capacidad financiera. Con esta modificación se atiende a aquellos ayuntamientos que disponen de financiación parcial para las obras incluidas en el PIL, pero no llegan a poder financiar el 30% correspondiente a los proyectos concretos.
La modificación de la ley que impulsará el Gobierno supone además que los ayuntamientos cuya capacidad económica haya sido calificada de inviable dispondrán de 15 días, para presentar otra fórmula de financiación alternativa, bien comprometiendo recursos adicionales, bien solicitando acogerse al régimen excepcional.
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Obras en los municipios. :: A.D.C.

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