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Sentenciado a 17 años el autor del asesinato de su padrastro en Berrobi

TRIBUNALES

Sentenciado a 17 años el autor del asesinato de su padrastro en Berrobi

También ha sido condenado a 18 meses por robarle los 700 euros que llevaba en el bolsillo. La Fiscalía y la acusación particular solicitaban penas más severas para el procesado

27.12.11 - 02:08 -
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Diecisiete años y seis meses de prisión. Es la condena que el juez ha impuesto al autor del crimen que se cometió hace dos años y medio en una borda de Berrobi, donde un joven acabó con la vida de su padrastro y luego le robó. La sentencia, que fue hecha pública ayer, impone también al procesado la obligación de indemnizar con 17.472 euros a cada uno de sus dos hermanastros. La resolución puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Euskadi.
El magistrado presidente del proceso ha impuesto penas sensiblemente inferiores a las solicitadas por las acusaciones, aún cuando el jurado, en su deliberación, concluyó que el procesado, Ángel García del Estal, de 30 años, asesinó a golpes a José Ignacio Aierbe Odriozola, de 59 años. La Fiscalía solicitaba 21 años de cárcel, por 25 la acusación que han ejercido los hermanos del procesado.
Los hechos que ahora han sido sentenciados tuvieron lugar el 18 de mayo. Aquella mañana, Ignacio Aierbe, de 59 años, salió de su domicilio en Elduain sobre las nueve y media, tal como era su costumbre, para dirigirse a una borda donde criaba pollos, situada en el barrio Eutela, a poco más de un kilómetro de distancia del casco urbano.
Ignacio Aierbe era un hombre muy popular en la zona. Durante años regentó el asador de Berrobi y posteriormente se hizo cargo del bar Kontseju de Elduain. Residía con su mujer en un piso situado sobre dicho establecimiento hostelero. Ambos eran padres de tres hijos, dos de ellos nacidos de la convivencia conyugal y el acusado, fruto de una relación que la madre había tenido antes de casarse con la víctima.
La relación entre el inculpado y la víctima no era precisamente cordial y, en ocasiones, entre ambos, se daban desavenencias que derivaban en discusión, tal como ha quedado demostrado en el juicio.
Una maza
El día de autos, el padre se desplazó con su Suzuki Vitara hasta la borda, a la que posteriormente acudió también el acusado. Una vez juntos, por motivos que no vienen reflejados en la sentencia, el acusado se hizo con una maza contundente que había en el lugar y golpeó a su padrastro en la cabeza. El impacto produjo en la víctima un traumatismo craneofacial de tal severidad que le provocó la destrucción de centros vitales encefálicos que le causaron la muerte. El jurado estimó que en el momento de los hechos, la víctima se encontraba agachada y que el ataque se produjo de forma sorpresiva, por lo que no tuvo oportunidad de defenderse.
Con el cuerpo inmóvil, el acusado registró a la víctima y le sustrajo el dinero que llevaba encima, unos 700 euros. Seguidamente, cerró la puerta de la borda y se dio a la fuga en el mismo vehículo que unas horas antes había conducido su padre.
Tras el crimen, el acusado huyó de Gipuzkoa y fue detenido el 20 de mayo, sobre las nueve de la mañana, en el puesto fronterizo de la Farga de Molés, en Le Seu d`Urgell, cuando se disponía a entrar en España. En el momento del arresto, el acusado llevaba consigo algunos de los billetes que había robado a su padre y que todavía estaban manchados de sangre.
La Fiscalía había sostenido durante el proceso que el acusado era autor de un delito de asesinato, por el que le pedía veinte años de cárcel. También le imputó un delito de hurto, por el que reclamó dieciocho meses más. Asimismo, el ministerio público demandó que el inculpado indemnizase a su madre con 103.390 euros en concepto de daño moral y con otros 17.232 a cada uno de sus hermanos. El día de la vista, sin embargo, la Fiscalía retiró la petición de indemnización a favor de la madre después de que esta renunciara a la misma.
«Ponderación»
Por su parte, la acusación particular que ejercían los hermanos del acusado solicitó 25 años por el asesinato y 18 meses más por la sustracción del dinero.
Ante este abanico de posibilidades, el magistrado presidente ha considerado «proporcionado» imponer al acusado una pena de 16 años por el asesinato y otra de 18 meses por el delito de hurto. El juez considera que aun cuando el jurado llegó a la conclusión de que las facultades mentales del acusado no se hallaban mermadas o disminuidas, sí estima que «queda acreditado que el acusado tuvo repetidos consumos de alcohol, anfetaminas y hachís en el pasado». Asimismo, destaca que si bien el padrastro no sometió a su hijo a malos tratos físicos, «sí que hubo un maltrato psicológico» y, en este sentido, añade que el acusado padece un trastorno leve de la personalidad que se caracteriza por el «poco interés por las relaciones sociales y por las cosas en general». Igualmente, precisa el juez que el momento de ser golpeado, el fallecido estaba agachado pero no de espaldas.
Es precisamente la «ponderación global de estos factores», se indica en la sentencia, la que lleva al magistrado a rebajar a 16 años la condena por el asesinato.
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