El juez Thomas Burgess, el primero que en Reino Unido ha visto el caso presentado por los abogados de Iñaki de Juana contra la demanda de extradición cursada por la Audiencia Nacional, falló ayer contra todos sus argumentos y en favor de la confianza mutua entre la Justicia británica y la española. La defensa tiene una semana para presentar su recurso.
El Ministerio británico de Justicia paga las minutas de los abogados de De Juana en Belfast y a quienes argumentan su caso ante los tribunales, entre los que se encuentra un afamado y profesionalmente bien considerado defensor de casos difíciles de terrorismo, Edward Fitzgerald. Con el subsidio del contribuyente británico, tienen intención de recorrer todas las instancias posibles: ahora el Tribunal de Apelación en Belfast y después el Tribunal Supremo británico y el de Derechos Humanos en Estrasburgo.
Pero sus argumentos fueron desmenuzados y rechazados ayer por el juez Burgess, el responsable de casos de extradición en primera instancia, en un veredicto que subraya una y otra vez, en los cuatro ámbitos en los que se basó la defensa, que la euroorden fue precisamente introducida para agilizar los trámites entre países europeos y eliminar el gasto en abogados que explotaban el viejo convenio europeo hasta extender los juicios.
Burgess comenzó su sentencia señalando que la euroorden, «piedra angular de la cooperación judicial», no requiere, como en el pasado, analizar qué pruebas tiene la Audiencia Nacional o si las que tiene serían suficientes para condenar a De Juana en Gran Bretaña. El juez de Belfast ya había dictado, en marzo del pasado año, que escribir 'aurrera bolie' para que se lea en un acto público y en el contexto que le explicó el juez Eloy Velasco -esa expresión se habría convertido en un ánimo mutuo a seguir con el terrorismo entre miembros de ETA y así se pudo interpretar por los asistentes a un acto de homenaje en San Sebastián en el que se leyó la carta- también sería delito en la legislación británica.
Argumentos de la defensa
A partir de ese fallo y de su consecuencia -que De Juana puede ser extraditado-, la defensa ha planteado que hay abuso de proceso por la Audiencia Nacional, que sufre trastornos mentales que le llevarían a contemplar una huelga de hambre suicida si es enviado a España, que eso viola sus derechos humanos. Burgess los desecha en las 16 últimas páginas de su sentencia.
Lo cierto, dice el juez de Belfast, es que De Juana pudo presentarse ante la Audiencia Nacional como le fue requerido y declarar que él no fue el autor de la carta. En vez de hacer eso, ha recurrido a abogados en Belfast, que ofrecen que su defendido testifique en Irlanda del Norte, que no tiene jurisdicción en el asunto, y siempre después de cada iniciativa tomada por Velasco.
Será de nuevo la Audiencia Nacional la que contemple qué hacer con De Juana cuando se presente allí y en consideración de sus circunstancias físicas y psíquicas. La defensa, dice Burgess, no ofrece prueba alguna de abusos procesales futuros, salvo artículos de periódicos que asignan a Velasco la voluntad de no dar en ningún caso la libertad provisional a De Juana, sin prueba de que el juez español haya dicho tal cosa.
Una larga y puntillosa sentencia confirmaba ayer la jurisprudencia ya establecida en casos en todas las instancias británicas sobre la euro-orden, que los mismos abogados consideran una 'orden de arresto con adornos'. Su objetivo era que se entregase al detenido en sesenta días. Pero este caso lleva ya 16 meses de curso.