MADRID. La Sala Primera del Tribunal Constitucional confirmó esta pasada medianoche por unanimidad la anulación de las 133 listas de Acción Nacionalista Vasca (ANV) y las 237 plataformas de Abertzale Sozialistak (AS) que el Tribunal Supremo vetó el pasado domingo por considerar que las candidaturas son herederas de la ilegalizada Batasuna.
El TC, que hizo público su fallo segundos antes de que arrancara la campaña electoral, justificó por unanimidad su negativa a dar amparo a ANV por el alto grado de contaminación de las candidaturas por miembros de la coalición ilegalizada y sus diferentes sucedáneos. El fallo supera el debate sobre si la causa debía tramitarse como un recurso electoral o uno de amparo ordinario, con diferentes plazos de resolución, y recuerda que en la jurisdicción constitucional el debate de fondo estriba en que si las listas anuladas pueden estar o no en el proceso electoral, por lo que lo trascendente era resolver a tiempo. Y concluye que, como defendieron la Fiscalía General y la Abogacía del Estado, es posible anular un grupo de listas electoral de un partido legal contra el que, empero, no hay emprendida ninguna acción civil.
«Si la sospecha de que con algunas de las candidaturas presentadas por un partido se pretende dar continuidad a un partido disuelto pudiera entenderse razonablemente como insuficiente para tachar a aquél de mero continuador de éste, los poderes públicos no pueden, sin embargo, dejar de reaccionar frente a esa eventual maniobra defraudatoria impidiendo la proclamación de aquellas candidaturas», escribe el magistrado Manuel Aragón Reyes, criterio que respalda la polémica decisión del Gobierno de no actuar contra ANV y sí contra algunas de sus candidaturas.
El constitucional considera demostrado que «buena parte» de las listas de ANV, no todas, «responden al designio de una maniobra defraudatoria» y forman una «trama articulada alrededor de una dirección separada de la oficial de aquel partido, a la que sólo cabe imputar las listas que, también presentadas en su nombre, no presentan indicios de conexión material con aquélla».
Permite 133 listas
Esa trama no incluye a la totalidad de ANV, por lo que la corte respalda el criterio gubernamental de no actuar contra el partido, y alaba la decisión de, pese a todo, perseguir a las listas infectadas, porque lo contrario «supondría una inaceptable infracción de la obligación de asegurar que se respeten y ejecuten todos los efectos previstos por las leyes para el supuesto de disolución de un partido político»".
Tras la resolución del Constitucional, ANV sólo podrá concurrir a las elecciones del 27-M en 133 municipios del País Vasco y Navarra, entre los que destaca el Ayuntamiento de Pamplona, y se quedará sin representación en el parlamento de la comunidad foral, así como en las juntas generales de Álava, Vizcaya y Guipúzcoa.
Las listas que no fueron recurridas ni por la Fiscalía ni por la Abogacía del Estado al considerar que no estaban infectadas por Batasuna serán la única representación de la izquierda abertzale en las instituciones de las dos comunidades, después de que el TC confirma también la anulación de las 237 plataformas de Abertzale Sozialistak que habían pedido el auxilio del Constitucional. La Fiscalía y la Abogacía del Estado no impugnaron más que la mitad de las 266 candidaturas de ANV, porque se trata de una formación legal y el resto de las listas no presentaba suficientes indicios de contaminación por la extinta Batasuna.
Los seis magistrados de la Sala Primera –María Emilia Casas, Roberto García Calvo, Jorge Rodríguez Zapata, Javier Delgado, Manuel Aragón y Pablo Pérez Tremps– no apreciaron en ningún momento que el fallo del Supremo violara los derechos políticos de los candidatos, porque estas personas eran conscientes de formar parte de un «mecanismo de sucesión» de la ilegalizada Batasuna, que buscaría a través de ellas burlar la Ley de Partidos y recuperar su presencia en las instituciones del País Vasco y Navarra.
Asimismo, la Sala Primera del Tribunal Constitucional confirmó esta pasada medianoche la anulación de las 237 plataformas de Abertzale Sozialistak (AS) que habían pedido amparo a la corte después de que el Tribunal Supremo vetara las 246 listas que la formación había presentado para concurrir a las elecciones.
La corte, de manera unánime, hizo suyos la inmensa mayoría de los argumentos de la sala especial del artículo 61 del Supremo, así como los planteamientos de la Fiscalía y la Abogacía del Estado, y proclamó que su exclusión del proceso electoral no vulnera los derechos de los candidatos a la participación política en asuntos públicos, y que los recurrentes han gozado siempre de la tutela judicial efectiva. Los seis magistrados constitucionales consideran adecuado restringir los derechos de los candidatos de AS recogidos en el artículo 23 de la carta magna (participación en los asuntos públicos y acceso en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos) porque todas esas listas han sido infiltradas por Batasuna y son continuadoras de la coalición ilegal.
La corte ha valorado que conocidos miembros del partido proscrito figuran en puestos destacados de las listas y que centenares de militantes de Batasuna, Euskal Herritarrok o Herri Batasuna aparecen en las candidaturas, también en puestos importantes. Además, los propios responsables de la ilegalizada Batasuna habían promovido en actos públicos las candidaturas de Abertzale Sozialistak. El TC ha tenido muy en cuenta la veintena de indicios sobre los vínculos entre Batasuna y Abertzale Sozialistak que presentaron los juristas del Ministerio de Justicia y de la Fiscalía, sobre todo la denominación común de las agrupaciones electorales impugnadas, que usan los términos Abertzale Sozialistak seguidos del nombre del pueblo o localidad donde se ha constituido.
Tras conocer el fallo del TC, el Gobierno consideró que ha acertado «tanto en la forma como en el fondo» a la hora de perseguir en el marco de la Constitución las candidaturas fraudulentas ante los comicios del 27-M, y subrayó que, debido a ello, «Batasuna no estará en las elecciones». COLPISA