Lunes, 7 de mayo de 2007
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ELECCIONES 27m ANULACIÓN DE LISTAS
El TS anuló las listas impugnadas de ANV por ser un «mecanismo de sucesión de Batasuna»
Señala que la conformación de candidaturas fue «gestada y dirigida en todo momento por miembros relevantes» de la coalición ilegalizada .Habría ilegalizado el partido si Fiscalía y Gobierno lo hubieran pedido.
MADRID. El Tribunal Supremo acordó en la madrugada del domingo, por unanimidad pero tras toda una noche de tensión y enfrentamientos entre los jueces de la 'sala del 61', anular las 133 candidaturas de Acción Nacionalista Vasca (ANV) impugnadas por la Fiscalía y la Abogacía del Estado. Horas antes, la sala acordaba impedir también la participación en las elecciones autonómicas y forales del 27 de mayo de las 252 listas de Abertzale Sozialistak (AS) por ser un «mecanismo de sucesión» de la ilegalizada Batasuna, que buscaría a través de ellas burlar la Ley de Partidos y recuperar su presencia en las instituciones de la Comunidad Autónoma Vasca y Navarra.

En total la 'sala del 61' dejó fuera de juego a 385 listas cuyos integrantes, a menos que el Tribunal Constitucional diga lo contrario esta semana, ya no podrán aspirar a ocupar cargos en los ayuntamientos, en las Juntas Generales de Álava, Vizcaya y Gipuzkoa, ni en el Parlamento Foral de Navarra. Los 16 magistrados avalaron, no obstante, la participación de siete candidaturas creadas por agrupaciones de electores en Navarra y Gipuzkoa, una de ellas de Amezketa, en las que no apreció «marcas» de la ilegalizada Batasuna ni de AS.

El Tribunal Supremo hizo pública su decisión sobre AS poco antes de la medianoche del sábado, pero la sentencia de ANV no se conoció hasta unos minutos antes de las siete de la mañana, siete horas más tarde de lo previsto. A pesar de que al final hubo unanimidad, ese segundo debate se eternizó por las discrepancias que plantearon algunos magistrados, partidarios de iniciar un proceso de ilegalización contra ese partido similar al que culminó con la disolución de Batasuna en marzo de 2003.

Después de una noche de ásperas discusiones, los jueces llegaron a la conclusión «inequívoca» de que todo el proceso de conformación de candidaturas de ANV «ha sido gestado y dirigido en todo momento por miembros relevantes de la extinta Batasuna» como un mero «mecanismo de sucesión», sirviéndose para ello de «elementos orgánicos de un partido legal». La sala expone que la Abogacía del Estado y la Fiscalía General debieron instar a la ilegalización de ANV, como hicieron con Batasuna, porque ése es «el cauce que el ordenamiento jurídico ofrece» para poder actuar en este tipo de casos.

La 'sala del 61' admite en la sentencia ser competente para «apreciar la continuidad o sucesión de un partido ilegalizado». No obstante, señala que ese tipo de impugnaciones «sólo» pueden articularse como un trámite más dentro del proceso ejecutor de la sentencia que ilegalizó Batasuna, y no en aplicación de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General como pidieron la Abogacía y la Fiscalía.

Procedimiento

La decisión de aferrarse al procedimiento contemplado en la Ley de Partidos permitió a los jueces salvar el principal obstáculo y, a la vez, les facilitó más tiempo para resolver, pues dejaron de estar vinculados a los plazos vigentes para el proceso electoral en curso. Al final, los jueces no se pronunciaron sobre si hay o no que impulsar la ilegalización de ANV. Ese debate quedó aparcado porque los únicos legitimados para iniciar un proceso de esas características son la Fiscalía y la Abogacía del Estado, sin que la sala pueda actuar de oficio. La 'sala del 61' señala, en sus conclusiones, que en la mayoría de las candidaturas anuladas aprecia una «conexión significativa» con Batasuna, que las «impregna de fraude».

La sentencia, de la que fue ponente el magistrado Ángel Calderón, presidente de la sala Quinta o de lo Militar del Tribunal Supremo, aporta una serie de pruebas, en las que la Fiscalía y el Gobierno apoyaron sus peticiones de anulación. Destacan, entre ellas, el contenido de una memoria informática portátil (pen drive) intervenida a uno de los últimos detenidos en la operación contra ETA en Navarra, que incluía listados de la izquierda abertzale con aspirantes a los comicios. Trece de ellos se presentaron en listas de ANV y AS, según los jueces.

Los magistrados aceptaron también como «prueba» un documento incautado al dirigente de ETA Mikel Albizu, Mikel Antza, que arroga un rol relevante a ANV en la estrategia de Batasuna para eludir la ilegalización. Asimismo, valoran como «significativos» varios informes de la Policía y la Guardia Civil que evidencian que Batasuna había concebido varios planes para tratar de eludir la ley, y uno de ellos buscaba «el aprovechamiento de la cobertura de un partido político ya inscrito y que incluso rechaza la violencia».

El impacto de la decisión adoptada por el Supremo es más cualitativo que cuantitativo, pues aunque sólo fueron anuladas el 40% de las 256 listas de ANV, la sentencia invalida las más llamativas en términos políticos: las relaciones de aspirantes al Parlamento de Navarra, a los ayuntamientos de San Sebastián, Bilbao y Vitoria, y a las Juntas Generales de Álava, Gipuzkoa y Vizcaya. Sólo Pamplona, de entre las capitales, tendrá representación de ANV en los próximos comicios.

A partir de ahora, Acción Nacionalista Vasca y Abertzale Sozialistak tienen de plazo hasta mañana para recurrir las decisiones del Supremo en amparo ante el TC, que es quien tiene la última palabra. El Constitucional deberá zanjar el asunto antes de las cero horas del viernes, cuando está previsto que arranque la campaña electoral. COLPISA

 
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