Miércoles, 4 de abril de 2007
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El Tribunal Supremo da diez días de plazo a ASB para que demuestre que no es Batasuna
La Fiscalía y la Abogacía del Estado consideran en sus demandas que la formación es «sucesora» de la coalición
El Tribunal Supremo da diez días de plazo a ASB para que demuestre que no es Batasuna
Cándido Conde-Pumpido, ayer en rueda de prensa que celebró en Madrid. [ÁNGEL DÍAZ / EFE]
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ARGUMENTOS DEL FISCAL
Batasuna: «La denominación de ASB, que incluye la palabra 'Batasuna'». Los demandantes ven en ello un «símbolo de continuidad» respecto de la formación disuelta, pues su significado «sobrepasa» el estrictamente lingüístico y abarca aquello que «simboliza» el partido abertzale ilegalizado.

Dirigentes: La inclusión entre sus promotores de Marije Fullaondo, Joana Regeiro y Tomasa Alejandro, personas que «desempeñan altas responsabilidades en la actual Mesa Nacional de Batasuna» .

Mesa Nacional: La estructura de ASB reproduce de forma «mimética» el organigrama organizativo de Batasuna. Su máximo órgano, la Mesa Nacional, tiene el mismo número de miembros, 35, que la de Batasuna .

Sin pruebas: «No hay constatación de que ASB rechace la violencia terrorista. Una de sus promotoras, Marije Fullaondo, está imputada desde 2006 por pertenecer a ETA en un procedimiento que instruye el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón».

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MADRID. El Tribunal Supremo ha concedido a la formación Abertzale Sozialisten Batasuna (ASB) un plazo de diez días hábiles para defenderse ante las demandas de ilegalización interpuestas por el Gobierno y la Fiscalía General del Estado y aportar pruebas de que no es un apéndice de Batasuna. El alto tribunal emplazó a los promotores del nuevo partido a responder a esa acusación después de que el abogado del Estado y el fiscal general entregaran en el registro sus escritos, en los que califican a esa formación de «sucesora» de la formación abertzale y piden su disolución en aplicación de la Ley de Partidos.

El Supremo inició ayer el trámite de ejecución de la sentencia del 27 de marzo de 2003, por la que la sala especial del artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial ordenó disolver Batasuna, sus viejas marcas electorales -HB y EH- y cualquier organización aspirante a sucederla. Poco después de que el presidente del alto tribunal, Francisco Hernando, que también preside la llamada 'sala del 61', tomara conocimiento de los escritos de la Fiscalía y la Abogacía del Estado, ordenó el envío urgente al País Vasco de un exhorto para emplazar a los líderes de ASB a defenderse.

Cuando acabe el plazo de alegaciones, los dieciséis magistrados de la sala especial deberán decidir si extienden a ASB la ilegalización de Batasuna, para lo que se limitarán a examinar los documentos entregados por las partes. Si al final optan por disolverla, bastará con aplicar al nuevo partido la resolución de 2003, sin repetir el proceso oral de testimonios y presentación pública de pruebas. La sentencia de 2003 previó que Batasuna trataría de eludir la ley por distintas vías, por eso estableció que cualquier grupo sucesor sería ilegalizado con la mera ampliación de aquella resolución.

De momento, a falta de que la 'sala del 61' dicte el auto que resolverá el caso, la mera interposición de demandas por la Fiscalía y los servicios jurídicos del Estado ha tenido ya efectos prácticos sobre la candidatura sospechosa. Según explicó el fiscal general, su presentación «suspende la inscripción» de ASB en el registro de partidos del Ministerio del Interior hasta que la sala decida. Ello supone que mientras dure el proceso judicial cualquier acto político de ASB estará fuera de la ley y podrá ser impedido por mandato judicial.

Informes policiales

La Abogacía del Estado entregó su demanda en el registro del Supremo a las 10.30 horas de la mañana, y un representante de la Fiscalía hizo lo propio pasadas las 11 horas. A mediodía, Conde-Pumpido compareció ante la prensa para explicar que, tras analizar las evidencias que existen contra ASB, basadas en informes policiales, considera que el nuevo partido es «una sucesión o continuación de Batasuna, « y pide al Supremo que prohíba su inscripción en el registro de partidos.

Conde-Pumpido subrayó que la demanda de la Fiscalía está basada en la Ley de Partidos, que fija los requisitos a cumplir por las formaciones aspirantes a concurrir a procesos electorales. Su petición de ilegalización coincide, en los motivos, con la que planteó la Abogacía del Estado, al estar basadas ambas en cuatro hechos que convierten a ASB «desde el encabezamiento» en una «formación política manifiestamente ilegal».

El primero de ellos es su propia denominación, que incluye la palabra Batasuna. A ojos de los demandantes «significa de manera manifiesta un símbolo de continuidad» respecto del partido disuelto en 2003. El segundo pilar de las demandas son, en palabras del fiscal general, los «vicios» relacionados con las promotoras de ASB, Marije Fullaondo, Joana Regeiro y Tomasa Alejandro. La Fiscalía explica en su escrito que las dos primeras «pertenecen a la Mesa Nacional de Batasuna». El abogado del Estado extiende esa acusación a Tomasa Alejandro, en virtud de un informe de la Comisaría General de Información, que la considera secretaria de la Mesa Nacional.

El tercer motivo es que la estructura organizativa de ASB reproduce «de manera mimética», según el fiscal general, el organigrama de Batasuna. Por último, la Fiscalía y el Abogado del Estado destacan que aprecian en la nueva formación abertzale indicios de «disposición apoyar la violencia o el terrorismo». COLPISA

 
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