Jueves, 18 de mayo de 2006
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EDICIÓN IMPRESA
Editorial
Denominación de origen
La intención de la Diputación Foral de Gipuzkoa de impulsar en el futuro una nueva denominación de origen 'Txakoli de Gipuzkoa' que pueda sustituir en el futuro a la vigente actualmente de 'Getariako Txakolina' (Txakoli de Getaria) se fundamenta en la voluntad de amparar con plena legalidad explotaciones de txakoli existentes hoy en día fuera de los municipios de Getaria, Zarautz y Aia, u otras de análogas características que pudieran tener un desarrollo futuro en otras zonas del territorio guipuzcoano. Desde ese punto de vista, la pretensión de la institución foral parece lógica, porque pretende un encaje razonable con la actual normativa europea, que establece que fuera de las denominaciones de origen no pueden concederse derechos de reparto de plantación para su comercialización posterior.

Parece natural suponer que en un marco legal de ámbito europeo como éste, la Diputación Foral de Gipuzkoa esté en condiciones de asumir la responsabilidad de garantizar una mínima cobertura legal a aquellas explotaciones de txakoli que pudieran desarrollarse en otras partes de Gipuzkoa diferentes al núcleo tradicional de producción integrado por las plantaciones de Getaria, Zarautz y Aia. No obstante, esta intención de la institución foral corre también al mismo tiempo el riesgo de erosionar todo el prestigio acumulado a lo largo de estos últimos años por la denominación de origen 'Getariako Txakolina' (Txakoli de Getaria), que constituye un patrimonio comercial y de imagen que tampoco se debería despreciar. Y de la misma manera que al amparo de denominaciones de origen como, por ejemplo, 'Queso de Idiazabal' sobreviven explotaciones de este producto que no necesariamente están residenciadas en el municipio de Idiazabal o incluso dentro de los límites de Gipuzkoa, sería conveniente que antes de apostar decididamente por adoptar para el txakoli producido en Gipuzkoa una denominación nueva que englobara a todo el territorio, se evaluaran muy en profundidad todas las ventajas e inconvenientes comerciales de una decisión como ésta, que siempre deberá acomodarse a la mejor defensa de los intereses económicos del sector por encima de cualquier otra consideración.

La decisión, cualquiera que fuese, debería de contar con el acuerdo de los actuales productores de txakoli de la denominación 'Getariako Txakolina' (Txakoli de Getaria) ya que es precisamente su actividad productiva a lo largo de estos últimos años la que ha permitido consolidar un negocio con proyección para convertirse en una referencia a tener en cuenta dentro y fuera de Gipuzkoa. La producción de txakoli en Gipuzkoa necesita contar con un marco legal estable y capaz de garantizar una producción competitiva. Necesitará contar para ello con una identificación de denominación de origen apropiada, pero resulta indispensable aproximarse a este objetivo evaluando con el máximo rigor el prestigio comercial y la potencialidad futura de la denominación ya existente antes de tomar la decisión de modificarla.



Vocento
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