Martes, 16 de mayo de 2006
 Webmail    Alertas   Boletines     Página de inicio
PORTADA ÚLTIMA HORA ECONOMÍA DEPORTES OCIO CLASIFICADOS SERVICIOS CENTRO COMERCIAL PORTALES

AL DÍA
SEGURIDAD LABORAL
Condenados el gerente y el encargado de una obra de Irún en la que murió un peón
El escrito judicial precisa que los andamios de la obra no tenían protecciones, barras intermedias ni accesos adecuados de forma que "la vida y la integridad física" de los trabajadores que los utilizaban se encontraban "en grave peligro".
Imprimir noticiaImprimirEnviar noticiaEnviar

Publicidad

El gerente y el encargado de una empresa de restauración de fachadas han sido condenados hoy por un juzgado de San Sebastián por la muerte de un peón que se cayó desde una altura de quince metros cuando trabajaba en una obra de Irún, cuyos andamios "carecían de protección alguna".

Según la sentencia del caso, los hechos ocurrieron sobre las cinco y media de la tarde del 17 de abril de 2001, cuando el obrero perdió el equilibrio, se precipitó al vacío desde unos quince metros de altura y pereció a consecuencia de la caída.

El escrito judicial precisa que los andamios de la obra no tenían protecciones, barras intermedias ni accesos adecuados de forma que "la vida y la integridad física" de los trabajadores que los utilizaban se encontraban "en grave peligro".

Por este motivo, el juez considera que los dos acusados incurrieron en una falta de homicidio por imprudencia leve por el que los condena a una multa de 180 euros y a indemnizar solidariamente con la compañía aseguradora de la empresa a la madre del fallecido con 12.000 euros más los intereses legales.

Absueltos

Por otra parte, este mismo juzgado ha absuelto a dos responsables de otro accidente ocurrido en una obra que se realizó en el puerto de Pasajes el 17 de mayo de 2002, cuando una chapa golpeó en la cabeza e hirió de gravedad a un operario que trabajaba sin casco.

La sentencia, considera que el encargado de la obra "cumplió sobradamente su labor de prevención" al ordenar a un operario que controlara "en exclusiva" que la chapa no se moviera, y si esta persona incumplió su cometido "no se puede atribuir" a dejadez del responsable.

El escrito absuelve además al técnico de prevención de riesgos laborales de la obra, porque "no tuvo conocimiento de la forma concreta en que se iba a desarrollar el trabajo".



Vocento
Agencia Guipuzcoana de Infraestructuras Servicio de meteorología Monitor de tráfico