Viernes, 12 de mayo de 2006
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AlDia
Imponen dos años de pena al ertzaina que mató de un disparo a un hombre en Alegia
La Audiencia afirma que el agente no adoptó las elementales precauciones
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SAN SEBASTIÁN. La Audiencia de Gipuzkoa ha condenado a dos años de cárcel a un ertzaina que confundió una pelea entre amigos con un intento de secuestro de ETA y mató a uno de ellos al disparar su pistola reglamentaria cuando intentaba reducirlo.

Según la sentencia del caso el ertzaina actuó «olvidando las más elementales precauciones que hubieran sido exigibles en una situación similar y quebrando las reglas propias de su quehacer profesional».

El escrito judicial precisa que el agente omitió «cualquier tipo de cautela básica, persistió en su creencia errónea -de que se trataba de una acción terrorista-, retiró el seguro externo» de la pistola y la mantuvo en esta posición «preparada para disparar» enzarzándose en «la inmovilización de un presunto delincuente» que finalmente no lo era.

La sentencia indica que la situación de «alto riesgo» en la que el policía pensaba que estaba actuando «le imponía una obligación de verificación extrema de las circunstancias» que el agente «omitió» sin pedir refuerzos.

El tribunal reprocha también al agente que no verificara si su oponente iba armado y que no se apercibiera del «evidente» olor etílico que la víctima «debía desprender», ya que cuando se le practicó la prueba de la alcoholemia arrojó un resultado positivo de 1,24 gramos de alcohol por litro de sangre.

Indemnizaciones

La Sala considera que con esta actuación el agente de la Policía autonómica «omitió de forma grave el deber específico de cuidado que atañe a quienes, por su condición de miembros de una fuerza de seguridad, deben velar por que el uso de las armas de fuego se haga de una forma ajustada». Por este motivo, el tribunal condena al acusado a dos años de cárcel, cuatro de inhabilitación profesional y a otros tantos de privación del derecho de armas por un delito de homicidio por imprudencia grave.

El procesado deberá indemnizar asimismo con 120.000 euros a la novia del fallecido, representada por el letrado Cristobal Mañero, con 15.000 euros a cada uno de los padres del muerto y con 6.000 euros a su hermano

La sentencia, que puede ser recurrida ante el Supremo, impone el pago de las costas al procesado y declara la responsabilidad civil subsidiaria del Gobierno Vasco. EFE



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