En la medida en que el nivel de desarrollo social y económico de una sociedad se incrementa, su tolerancia respecto de determinadas realidades desciende de manera inversamente proporcional. Así ocurre con la salud y la seguridad laboral. Los empresarios como parte de dicha sociedad hacemos nuestra esa afirmación y siendo conscientes, como cualquier ciudadano, de que un significativo número de actividades económicas, especialmente las de carácter industrial, se realizan en condiciones objetivas de riesgo trabajamos diariamente para que ese riesgo no se traduzca en afecciones para la salud y seguridad laboral. Pero la prevención no es una labor que podamos hacer sólo nosotros, porque es una tarea común, un campo en el que empresarios y trabajadores y sus representantes debemos colaborar y no seguir enfrentados confrontando. El día de la Seguridad y la Salud en el Trabajo que se conmemora el 28 de abril, es un buen momento para recordarlo.
Con ocasión de este día hemos vuelto a escuchar un discurso que se está instalando en el imaginario social y que se resume en las siguientes afirmaciones: los empresarios no cumplen la normativa en materia de prevención y los accidentes se deben a la temporalidad. Pues bien, este discurso sindical tantas veces repetido es tan fácil como falso.
En primer lugar, las empresas y los empresarios cumplen la normativa. En los últimos tres años, las actas de infracción incoadas por la autoridad laboral a empresas en Gipuzkoa afectan al 0,7% de las mismas, según datos de la Delegación Territorial de Trabajo. Normativa, conviene recordarlo, que tiene problemas a la hora de su aplicación a las empresas.
Es indudable que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales supuso un innegable avance, pero el redactor de la ley cuando la elaboró tenía in mente una empresa grande que se enfrentaba a riesgos de carácter industrial (atrapamientos, quemaduras, caídas, etc.) y elaboró una norma que impone un conjunto de deberes y obligaciones amplio y extensible a todo tipo de empresas independientemente de su tamaño y sector, (se exigen los mismos deberes y obligaciones a una fundición de 1.000 trabajadores que para una taller de diez). Pero no podemos olvidar que el 94% de las empresas de Gipuzkoa tiene menos de 10 trabajadores, que el 80% de las empresas ni han tenido ni van a tener nunca un accidente de trabajo, y que un 74% de las empresas pertenecen al sector servicios. La ley pues tiene sentido para determinadas empresas de determinados sectores, pero dificulta el cumplimiento en las Pymes, que son la mayoría en nuestro territorio y genera disfunciones.
Así pues la ley hay que cumplir como lo hacen la gran mayoría de las empresas pero ello no obsta para que sea necesaria su mejora y adaptación urgente, redimensionando la normativa de manera que lo general, lo que afecta a todas las empresas, sea más reducido, dejando al desarrollo reglamentario la graduación de la intensidad de las obligaciones preventivas.
En segundo lugar, los accidentes no se deben a la temporalidad. Estamos convencidos de que el riesgo está en la actividad que se realiza y no en el contrato que se firma. En el sector privado, sectores de temporalidad alta como el comercio o la hostelería tienen una siniestralidad muy baja y sectores con ínfima temporalidad, siniestralidad más alta como el Metal o la Química. Lo que sucede es que el reflejo estadístico está condicionado por la Construcción, que es una actividad de riesgo y de alta temporalidad por su propia naturaleza. Lo mismo sucede en la Administración en la que la siniestralidad se concentra en la Ertzaintza y no en Osakidetza, a pesar de que, según los sindicatos, es la institución que acumula mayor nivel de contratos temporales. Además del riesgo de la actividad, hay otros factores que inciden en la siniestralidad. La mayor parte de los accidentes graves y mortales se concentran en trabajadores de más de 30 años y más aún, de 50 años, que es el colectivo que ostenta la mayor parte de contratos indefinidos, pero a nadie se le ocurre en este caso vincular siniestralidad con la contratación indefinida sino con otro factor más lógico, el exceso de confianza en la actividad realizada. De hecho cuando la encuesta se realiza a los trabajadores un 57% señala el exceso de confianza como la principal causa de los accidentes laborales. Las mujeres, que son el colectivo que ostenta el 39% de la temporalidad, presentan unos índices de accidentabilidad entre 5 y 7 veces menores que los hombres en los mismos sectores de la actividad. Por lo tanto, la temporalidad no es la causa de la siniestralidad y es preciso tener en cuenta otros factores.
Pero no podemos quedarnos en el discurso fácil y en la negación del mismo, ya que la siniestralidad se nos impone como un hecho indubitable. Es por ello que considero que para ser más eficaces en la lucha contra la misma es necesario mejorar nuestro conocimiento de la realidad. No podemos identificar y prevenir todos los riesgos que pueden aparecer en el puesto de trabajo, ya que la cantidad de riesgos identificables en un puesto de trabajo y en una empresa son muchísimos y prevenirlos todos resulta inalcanzable. Pero creo que el esfuerzo en prevención será más efectivo si avanzamos sector a sector, riesgo a riesgo, concentrándonos en los que más accidentalidad presentan, para concentrar los esfuerzos allí donde la realidad y no las hipótesis señala mayor accidentalidad, diseñando medidas más especializadas, a través de ejemplos de buenas prácticas y mediante distintas iniciativas que se pueden someter a objetivos, calendario y evaluación.
Asimismo hay que asentar la seguridad como valor social en una sociedad en la que las actividades de riesgo son más valoradas que otras más seguras y en la que cuando ejercemos actividades intrínsecamente peligrosas como conducir, nuestros índices de mortandad son pavorosos. Si como ciudadanos no tenemos interiorizado el valor de la seguridad en nuestra actividad cotidiana, esa conciencia por el valor de la seguridad no despierta ipso facto al entrar a trabajar, sea como empresarios o trabajadores.
Para finalizar quiero reiterar el mensaje con el que iniciaba estas líneas. La prevención es una tarea común, un campo en el que los empresarios y trabajadores y sus representantes tenemos que colaborar. Tendemos a abordar la prevención desde planteamientos antagónicos y través de instrumentos como el convenio colectivo que están pensados para encauzar intereses contrapuestos y además, en términos de fijar derechos y obligaciones.
En materia de seguridad laboral y salud en el trabajo, no existen intereses contrapuestos a pesar de la insistencia sindical; hay que superar la actual dinámica de confrontación y sustituirla por la colaboración, siendo capaces de concretar qué es lo que puede aportar cada uno. Adegi está dispuesta.