Miércoles, 26 de abril de 2006
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OPINIÓN
Editorial
Un problema creciente
Uno de cada seis profesionales sanitarios es habitualmente demandado por alguno de sus pacientes en Estados Unidos. La estadística del Reino Unido y Alemania en esta materia es bastante semejante y la previsión en lo que respecta a España es que en un plazo de entre cinco y ocho años, la situación sea análoga. En Euskadi existen ahora mismo un total de 61 causas judiciales abiertas y 23 de ellas se han tramitado en Gipuzkoa. Se trata por lo tanto de un problema que suscita una creciente dimensión y que fue ayer objeto de debate y reflexión por parte de los profesionales sanitarios en la jornada inaugural del congreso sobre La Enfermería y la Justicia que se celebra esta semana en Donostia.

La consecuencia inmediata de este aumento exponencial de las reclamaciones judiciales se traduce en un incremento paralelo de las precauciones adoptadas por los profesionales sanitarios a la hora de atender a sus pacientes, lo que conlleva una reiteración de pruebas diagnósticas innecesarias que en muchos casos resultan incómodas e incluso dolorosas para el propio paciente, y que al mismo tiempo pueden llegar a provocarle un mayor desconcierto o inseguridad.

El error en el tratamiento sanitario a cualquier paciente constituye un riesgo potencial que debe asumirse como propio de este ejercicio profesional. De ahí que sea preciso distinguir conceptos como imprudencia temeraria, negligencia, accidente o intrusismo a la hora de evaluar la dimensión penal de un eventual error en la atención sanitaria. El paciente tiene en todo momento legítimo derecho a reclamar cuando considera que sus derechos han sido atacados. No obstante, una más adecuada conexión entre el derecho del paciente a reclamar y las garantías que el profesional sanitario necesita para desarrollar su actividad, exigiría armonizar una misma doctrina a la hora de aplicar las correspondientes indemnizaciones por una misma negligencia que sea reconocida y probada como tal por el sistema judicial. De esa forma, se contribuiría a promover una conciliación previa o acuerdos pactados como mejor alternativa a la creciente ejecución de procedimientos penales.

En una actividad como la desarrollada por los profesionales sanitarios resulta materialmente imposible reducir a cero el riesgo de error en el tratamiento de un paciente. No obstante, la búsqueda de la extrema seguridad del enfermo y un desempeño de la actividad profesional sanitaria con el máximo posible de garantías, constituyen dos objetivos irrenunciables para cuya consecución es preciso que la relación mutua se establezca sobre la base de la confianza.



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