Martes, 25 de abril de 2006
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COMARCA
VILLABONA
Las asociaciones con actividades sociales pueden solicitar subvenciones municipales
El Ayuntamiento ha destinado un total de 7.550 euros para el presente año
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VILLABONA. DV. Las asociaciones legalmente constituidas e inscritas en los registros de asociaciones del Gobierno Vasco, que desarrollen y atiendan actividades sociales podrán solicitar las subvenciones que concede el Ayuntamiento de Villabona.

El montante económico total para este año asciende a 7.550,32 euros. En la concesión de subvenciones se valorará, entre otros puntos, la continuidad y estabilidad demostrada por la entidad solicitante en el ámbito social y referido a servicios prestados a villabonatarras.

Las actividades susceptibles de subvención dentro del área de los servicios sociales acoge a conferencias, campañas divulgativas anuales estudios, organización de cursos formativos, ocio y tiempo libre de ciertos sectores de la población, fomento del asociacionismo, actividades y acciones de fomento de las actividades de la población hacia grupos específicos para la integración de los mismos (toxicómanos, mujeres, minusválidos) así como la atención de colectivos dentro del área los servicios sociales y sanitario.

Las ayudas previstas en las presentes bases serán compatibles con las subvenciones otorgadas por otras administraciones públicas o entidades públicas y privadas que coincidan con en su objeto o en las que se contemplen la misma finalidad.

En el caso de concurrencia con otras ayudas, el importe de la subvención no podrá superar el coste de las actuaciones subvencionadas.

Plazo de presentación

Las solicitudes para acogerse a las subvenciones previstas en la presente convocatoria podrán presentarse en el plazo de veinte días naturales a partir de la publicación en el BOG, en la secretaria del ayuntamiento y deberán de ir acompañadas de diversa documentación como memoria detallada del programa presentado, presupuesto del programa para el que solicita subvención...

Una vez presentada la documentación requerida, la comisión de Bienestar Social, Empleo y Juventud será la encargada de estudiar y analizar las solicitudes recibidas para ser finalmente aprobadas por el Ayuntamiento de Villabona.

Por su parte, las Entidades beneficiarias estarán obligadas a presentar al ayuntamiento diversa documentación como la memoria detallada del programa o actividad realizada, balance económico de la actividad subvencionadas, etcétera, que se realizará en el plazo de máximo de tres me-ses desde la concesión de la subvención. La no justificación de la subvención supondrá la devolución de la cantidad recibida.



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