SAN SEBASTIÁN. DV. El Ayuntamiento de San Sebastián revocará la licencia de actividad concedida el 22 de agosto de 2005 a Funeraria Donostiarra La Auxiliadora S.L. para la instalación de un tanatorio sin crematorio en los bajos de la Avenida de San Pedro 39, en el barrio donostiarra de Bidebieta.
Según señaló el alcalde, Odón Elorza, la revocación se fundamenta en un informe del director de Urbanismo del consistorio donostiarra que considera que el tanatorio es una «actividad industrial» incompatible con la zona en la que tenía previsto ubicarse.
Fue el 18 de febrero del pasado año cuando la empresa presentó en el Ayuntamiento el proyecto básico de rehabilitación de los locales de la avenida de Pasajes y la solicitud de licencia de actividad, que se concedió el 22 de agosto. Poco después, el 30 de septiembre, se le otorgó la correspondiente licencia de obras.
Ya en noviembre se iniciaron las movilizaciones de los vecinos, que no querían tener un tanatorio debajo de sus viviendas. Las protestas continuaron por lo que el gobierno de la ciudad se vio obligado a abrir un periodo para la presentación de alegaciones suspendiendo de forma cautelar la ejecución de las obras de acondicionamiento del local.
Para justificar su negativa los vecinos alegaron la falta de aparcamientos en la zona, la devaluación de sus viviendas, la consideración que un tanatorio es una actividad molesta y señalaron también que «no es equiparable a un equipamiento sanitario asistencial», por lo que solicitaron la revocación de la licencia.
La empresa funeraria presentó en días posteriores escritos reclamando el levantamiento de la suspensión y la desestimación de las alegaciones vecinales.
La Dirección de Urbanismo, ha tomado como base una sentencia del Tribunal Supremo de 1990 a partir de la cual concluye que «la actividad de tanatorio debe ser calificada como industrial y no como equipamiento sanitario asistencial», por lo que considera que la licencia concedida en su día no es compatible con las normas urbanísticas del Plan General.
En este sentido señala que «es un uso industrial de tercera categoría al disponer de una superficie superior a 250 m2 -concretamente 600 m2 útiles- y como tal uso, está prohibido en zona residencial».
Elorza admitió que todo partió de un «fallo importante» desde Urbanismo y que no se contó con la opinión de los vecinos. Con respecto al anuncio por parte de la empresa concesionaria de recurrir a los tribunales por prevaricación, señaló que «esperaremos a la decisión de los jueces». Lo que no explicó es cuánto dinero va a costar a los donostiarras el error cometido.