Jueves, 23 de febrero de 2006
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OPINIÓN
Editorial
Penalizar el tráfico
En su comparecencia de ayer en la Comisión de Seguridad Vial del Congreso, el director general de Tráfico dio una vuelta de tuerca a su política en materia de tráfico al instar la reforma del Código Penal para que se tipifiquen como delitos la conducción con determinadas tasas de alcohol, la conducción con velocidad excesiva -superar en 60 kilómetros por hora del límite de velocidad- y la conducción sin carnet de conducir, bien por no disponer del mismo, bien por haber perdido los puntos del nuevo carné. Las posibles sanciones penales abarcarían desde las privativas de libertad hasta las económicas pasando por los trabajos en beneficio de la comunidad, además de la pérdida del permiso de conducción entre uno y cuatro años.

La política del Gobierno en materia de tráfico y seguridad vial ha girado sobre dos ejes: el establecimiento del permiso y licencia de conducción por puntos, que entrará en vigor en breve plazo, y la progresiva acentuación de los mecanismos de control para la reducción de infracciones. No se le puede negar al director general firmeza y convicción en su decisión de reducir el insoportable número de muertos y heridos en nuestras carreteras. Sin embargo, y aunque los objetivos sean absolutamente loables, la criminalización del conductor no debería ser la única herramienta para frenar la sangría de accidentes que se vive cada día en España. Pere Navarro parece haber encontrado en el engordamiento del Código Penal la piedra angular de los problemas viales. Y aunque tenga buena parte de razón en responsabilizar a los conductores de lo que ocurre sobre el asfalto, debería el director general no olvidar que hay otros culpables también, entre los que se podría mencionar la pésima señalización, la no mucho mejor calidad e incluso mantenimiento de unas autovías muchas veces saturadas y la persistencia de excesivos puntos negros. También debería el señor Navarro recordar que en su propuesta de reforma se dejan de lado principios elementales como el de intervención mínima, en virtud del cual el Derecho Penal es siempre el último recurso, cuando no pueda de ninguna manera encontrarse otra respuesta posible, o el de proporcionalidad que exige un equilibrio, siquiera sea relativo, entre el conjunto de las conductas sancionables, es decir, la prohibición de doble sanción -penal y administrativa- sobre los mismos hechos. Nadie puede poner en duda las buenas intenciones del director general de Tráfico, pero si tan seguro está de la responsabilidad absoluta y única de los conductores quizás sería más coherente estudiar la posibilidad de implantar los limitadores obligatorios de velocidad en los vehículos.



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