SAN SEBASTIÁN. El número de medidas penales de internamiento impuestas por los jueces de menores del País Vasco durante el 2005 descendió por primera vez en cuatro años. No obstante, el conjunto de la medias penales a menores ascendió a 1.054, un 3,4% más que en el año anterior, aunque se ha apreciado un descenso del 3,5% de las penas de internamiento, según datos aportados por el Departamento de Justicia del Ejecutivo autonómico.
Las cuatro juezas de menores de Euskadi dictaron en 2005 un total de 137 medidas de internamiento, un 13% del total, lo que significa un descenso respecto al año anterior, por primera vez en los últimos cuatro años, en cumplimiento de uno de los objetivos del Plan para la ejecución de medidas 2004-2007 del Servicio de Justicia Juvenil del Gobierno Vasco, que aboga por fomentar la reeducación de condenas en medio abierto. El internamiento se recomienda cuando los hechos cometidos sean graves y el menor pueda ser peligroso, cuando es reincidente o cuando su entorno social no permita una actuación educativa en medio abierto, entre otras condiciones.
En estos momentos 55 menores cumplen medidas de internamiento en el País Vasco, de los que 24 se encuentran en el centro Ibaiondo de Zumarraga, y el resto se reparte en las instalaciones de Cemar, en Vizcaya; Mendixola y Andoiu, en Álava -en el que están las cinco únicas chicas-; y en tres residencias autónomas ubicadas una en cada territorio.
En el año 2004 el 86% de las medidas de internamiento dictadas lo fueron en régimen semiabierto, el 2,4% en régimen abierto, el 7% cerrado y el 3,6 en régimen terapéutico, el que se aplica a menores con problemas de adicción a las drogas o de tipo psíquico. La medida más empleada por los jueces de menores en 2005 fue la prestación de servicios en beneficio de la comunidad a través de acuerdos con numerosas entidades privadas, con un total de 506, el 48% del total, lo que representa un crecimiento del 17,6% respecto a 2004.
La libertad vigilada, en la que los menores cumplen un programa educativo individual supervisado por un educador y con posibles condiciones impuestas por el juez, es la segunda medida más frecuente, al contabilizarse 201 el pasado año, el 19% del total, aunque su aplicación ha descendido un 22% con respecto a 2004.
Tratamiento ambulatorio
Otra de las medidas que puede adoptar un juez consiste en obligar al menor a someterse a un tratamiento ambulatorio -33 casos en 2005-, que se aplica sólo para delitos, y en el que se tratan específicamente problemas de alteraciones psíquicas o de consumos de alcohol o drogas.
El cumplimiento de internamientos de fines de semana, en el domicilio o en un centro educativo, se aplicó en 66 casos el pasado año. Una de las medidas más novedosas consiste en la asistencia a centros de día, 12 casos en 2005, pero su extensión es aún escasa porque únicamente existe una instalación en el País Vasco para este tipo de pena, en Basauri. EFE