La Audiencia de Gipuzkoa ha condenado a tres jóvenes portugueses a penas que suman 26 años de cárcel por violar a una menor en Elgoibar, aunque exculpa a uno de ellos de forzar a otra menor al entender que en este caso las relaciones fueron consentidas.
Según la sentencia, los hechos ocurrieron el 7 de febrero de 2004, cuando las dos niñas, de 14 años, acudieron a Elgoibar donde tomaron varios combinados y conocieron a dos de los acusados que se ofrecieron a llevarles a casa, ya que una de ellas vivía en Ermua (Vizcaya).
Con esta intención, los cuatro montaron en un coche aunque, una vez en el camino, el joven que conducía lo sacó de la carretera, momento que aprovechó uno de los procesados para bajar del vehículo junto a una de las menores, mientras que el otro acusado permanecía en el interior con la segunda chica, quien accedió a mantener relaciones sexuales con el hombre.
Posteriormente, en vez de dirigirse a Ermua, los cuatro volvieron a Elgoibar, a la pensión en la que residían los dos procesados, donde la menor que había mantenido relaciones sexuales recibió una llamada telefónica de su madre y se marchó para coger el tren.
En ese instante llegó el tercer procesado y entre los tres subieron a una habitación de la pensión a la chica que se había quedado y que se encontraba muy afectada por la ingesta de alcohol.
Doble violación
La niña se desplomó sobre una cama y pidió a los tres hombres que no le hicieran nada porque estaba "súper mal", a pesar de lo cual uno de ellos se colocó sobre ella y, "aprovechándose de su merma de capacidad para prestar su consentimiento, la penetró".
A continuación, otro de los condenados volvió a violar a la chica, mientras el tercer imputado permanecía en la habitación sin hacer nada por evitar ambas agresiones.
A consecuencia de estos hechos, esta menor "presenta sintomatología depresiva y estrés postraumático y ha precisado atención psicológica".
La sentencia precisa que, aunque la primera chica que mantuvo relaciones en el interior del coche "podía presentar también un estado de euforia y desinhibición tras la ingesta de alcohol, no se puede sostener con certeza suficiente que tuviera limitada su capacidad de conocer y querer lo que estaba haciendo" y "era consciente de la naturaleza de los actos que estaba llevando a cabo", por lo que absuelve al acusado de haberla forzado.
Por el contrario, el texto judicial considera que en el caso de la segunda menor "su situación de postración y desvalimiento era total" y el "grado de afectación" alcohólica que sufría era "notorio".
El escrito aprecia por ello que los dos hombres que la penetraron se aprovecharon de su situación de ebriedad a pesar de que ella les pidió que no le hicieran "nada".
Por este motivo, el tribunal condena a cada uno de los hombres que violaron a esta menor a nueve años de prisión como autores de sendos delitos de abuso sexual y cooperadores necesarios, mientras que al tercero de ellos, que presenció los hechos y no actuó, le impone ocho años por su responsabilidad como cooperador necesario en dos delitos de abusos sexuales.
Además, los tres procesados deberán indemnizar solidariamente a esta chica con 20.000 euros. EFE