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Lunes, 2 de enero de 2006
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POLÍTICA
Politica
ADN contra la kale borroka
Las últimas sentencias respaldan la persecución contra la kale borroka basada en muestras de ADN, método que la Ertzaintza comenzó a usar en 2000
Un grupo de jóvenes prepara cócteles molotov durante un enfrentamiento con la Ertzaintza en Bilbao. [I. ARANBERRI / AP]
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SAN SEBASTIÁN. DV. El 24 de octubre de 2002, el etarra Orkatz Gallastegi se encontraba detenido en los calabozos de una comisaría de la Ertzaintza y pidió ir al baño. En cuanto le abrieron la celda escupió al suelo y siguió camino de los lavabos. El esputo marcó un antes y después de la lucha antiterrorista.

Gallastegi, sentenciado a 26 años por haber facilitado a ETA las informaciones con las que se asesinó al juez de la Audiencia de Vizcaya José María Lidón, fue condenado a seis años por esa prueba acusado de volar un cajero con un artefacto casero. Y por la misma prueba, se le anuló una pena de ocho años por quemar un autobús en Berango. Esta paradójica situación tiene su origen en la decisión de la Ertzaintza de explorar al máximo la utilización del ADN en las investigaciones contra la kale borroka, yendo en muchos casos por delante de la práctica jurídica y poniendo en marcha novedosos sistemas de investigación que obligaban a los tribunales a ir adaptándose a las circunstancias.

La Ertzaintza decidió emplear el ADN a partir del año 2000. En 1999, en Euskadi se habían registrado 390 actos de violencia callejera. Algunas medidas ideadas para combatirla, como los planes de videovigilancia, no estaban siendo tan eficaces como se esperaba. En ese contexto, la Ertzaintza decidió idear un sistema de investigación a partir de las evidencias recogidas en los lugares donde se cometían sabotajes. De manera habitual, los autores abandonaban en las inmediaciones los guantes de látex que habían empleado para no dejar huellas dactilares, las capuchas con las se cubrían la cara para no ser reconocidos por las cámaras y otro tipo de objetos. En todos ellos aparecían restos genéticos procedentes de la saliva, el sudor, pelos, o restos de piel.

La Ertzaintza preparó un sistema de investigación que suponía el control de los sospechosos para conseguir muestras de ADN. Se les vigilaba durante semanas hasta conseguir cualquier resto orgánico que permitiese hallar una muestra para compararla con las encontradas en los lugares de los sabotajes. Los expertos se especializaron en ser capaces de vigilar a una persona y recoger cigarrillos del suelo, esputos, pañuelos de usar y tirar y trozos de comida. Según agentes que participaron en el proceso, «lo mejor que te podía pasar era seguir a un fumador, ya que es muy fácil conseguir colillas, y en ellas aparecen suficientes indicios genéticos como para iniciar una investigación». En los casos de sospechosos no fumadores, la Ertzaintza tuvo que poner en marcha nuevos sistemas. Uno de ellos consistía en seguirles permanentemente hasta que entrasen en un bar a tomar una consumición y, posteriormente, llevarse de la manera más discreta posible la vajilla que hubiesen utilizado.

Consultas a la judicatura

Según reconoce el Departamento de Interior, este proceso afecta a derechos fundamentales, por lo que no comenzó a aplicarlo hasta realizarse una intensa consulta con fiscales de la Audiencia Nacional y de las Audiencias vascas, así como con miembros de la judicatura. «Una de las primeras decisiones que se tomó es que la cadena de custodia es sagrada. En todo momento debe estar claro cómo se logró la muestra, qué agentes la trasladaron, cómo se analizó y dónde permaneció almacenada», recuerda un policía.

Los expertos afirman que no se trataba sólo de identificar a los autores, «sino también de conseguir pruebas con el suficiente valor probatorio como para que sirvan para conseguir una sentencia firme». Un joven de Vitoria fue condenado a 4 años de cárcel por quemar una academia del diputado general de Álava, Ramón Rabanera. Una de las pruebas determinantes fue un guante recogido en el lugar de los hechos. Lo había utilizado, pero en algún momento se cortó con un cristal y dejó un rastro de sangre en el látex.

A lo largo de 2002 la Ertzaintza comenzó a practicar redadas basadas en las investigaciones iniciadas por el ADN. En septiembre de ese año se produjo uno de los hitos en la lucha antiterrorista: en tres meses, la Ertzaintza desarticuló siete grupos que actuaban en Vizcaya y a los que se les responsabilizaba de ochenta sabotajes. La investigación de ADN permitió reabrir sumarios que estaban cerrados y de los que, como todo elemento para investigar, se conservaban, por ejemplo, restos de saliva hallados en una capucha.

Según la Ertzaintza, el sistema fue pronto aceptado por la Audiencia Nacional. En 2004, Gallastegi fue condenado en dos ocasiones. Sin embargo, las pesquisas de la Policía vasca se tambalearon el 19 de abril de este año, cuando el Tribunal Supremo le absolvió de una pena de ocho años de prisión por quemar un autobús en Berango. La sentencia tumbó la investigación de la Ertzaintza al determinar que ninguna resolución judicial había ordenado o autorizado la prueba pericial de ADN sobre el esputo lanzado por el detenido en la celda de la comisaría. Esta muestra de saliva coincidía con otra encontrada en una manga de jersey, recortada a modo de capucha, que apareció en el lugar de los hechos. Los jueces estimaron que las pruebas eran ilícitas, puesto que se habían conseguido sin permiso judicial. El fallo, según la Policía vasca, suponía cambiar todo el sistema de trabajo desarrollado hasta el momento.

Absolución

La decisión del Supremo, además, tuvo efectos sobre otras investigaciones pendientes de ser juzgadas. Apenas un mes después de la absolución de Gallastegi en el Supremo, la Audiencia Nacional aplicó el mismo planteamiento en el caso de un joven acusado de haber destrozado una sucursal del Banco Atlántico de Durango con un explosivo casero. En una papelera cercana al lugar del ataque los agentes recogieron unos guantes de látex y un pañuelo que, presuntamentete, había sido empleado por uno de los atacantes. Un pelo hallado en el pañuelo fue contrastado posteriormente con un esputo recogido por la Ertzaintza junto al portal donde residía uno de los sospechosos. Al dar positivo, se procedió a imputar al joven, pero la Audiencia le absolvió. Para ello, aplicó el criterio del Supremo y estimó que las pruebas se habían obtenido de forma ilícita.

Entonces, el Supremo dio un giro de 180 grados. En octubre de 2005 decidió que no es necesaria autorización judicial para conseguir pruebas de ADN. En este caso, Gallastegi fue condenado a 6 años por quemar un autobús en Berango. Las dos evidencias que se autorizaron para alcanzar la sentencia fueron una camiseta usada por uno de los agresores y el esputo que Gallastegi escupió al salir de la celda.

La segunda sentencia del Supremo varió la tendencia y confirmó la validez del ADN para investigar la kale borroka. Según la nueva teoría, un esputo, un cigarrillo arrojado al suelo o un vaso recogido en un bar son «abandonados» por los sospechosos, por lo que no es necesaria ninguna autorización judicial para que un agente policial los recoja. Además, los jueces sentenciaron que las pruebas habían sido correctamente obtenidas y no vulneraban el derecho a la intimidad.



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