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Condenan en Donostia a un exguardia civil por maltratar, vejar y coaccionar a su excompañera

Un juzgado de San Sebastián impone al acusado un año y nueve meses de prisión

J. PEÑALBA

Martes, 18 de abril 2017, 09:12

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Un juzgado de San Sebastián ha condenado a un exguardia civil a penas que suman un año y nueve meses de prisión por maltratar, vejar y coaccionar a su pareja, a la que llegó a telefonear hasta en veinte ocasiones al día cuando la relación entre ambos ya había terminado. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa.

Según la resolución judicial, dictada por la titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Donostia, acusado y víctima mantuvieron una relación «análoga a la matrimonial» desde 2002 hasta noviembre de 2012, fruto de la cual tuvieron una hija en común.

La sentencia indica que en los cuatro meses posteriores a la ruptura el acusado sometió a su expareja a un «control y hostigamiento» que, a su vez, dio lugar a la apertura de unas diligencias en el Juzgado de Violencia contra la Mujer que finalizaron con una condena por un delito de coacciones que posteriormente fue confirmada por la Audiencia.

El texto judicial detalla que el acusado, desde marzo de 2013, «con intención de alterar la paz y tranquilidad» de su excompañera, la acosó «de forma reiterada y constante» mediante llamadas y mensajes diarios desde su teléfono móvil. En este sentido, señala que llegaba a llamarla hasta veinte veces el mismo día.

La sentencia recoge que el mismo periodo de tiempo, también de manera «reiterada y constante», el acusado siguió a su expareja tanto cuando salía del domicilio como a su regreso. Durante aquellos momentos, el acusado la acompañaba y en el trayecto le acariciaba las nalgas y el pelo, al tiempo que le pedía reiteradamente mantener relaciones sexuales.

La resolución detalla varios de estos episodios. Uno de ellos tuvo lugar en agosto de 2013. El día 19, el acusado acudió al domicilio de su expareja, donde de manera insistente le preguntó sobre su vida personal y si había tenido relaciones sexuales con otras personas, con cuántas y dónde. Asimismo, le propuso tener relaciones sexuales y le pidió de manera insistente que le acompañara al coche para acariciarla.

Otro incidente se produjo en un espacio público. El acusado y la mujer empezaron a discutir y en el transcurso de la disputa, ella le propinó un tortazo, a lo que el acusado respondió con una patada en la pierna. A consecuencia de esta última agresión, la víctima sufrió varias lesiones que fueron examinadas por un médico y de las que tardó cinco días en curar.

«Todo el tiempo»

El acusado se excusó en el juicio señalando que padece un tumor que le genera ataques epilépticos y que como consecuencia de dicha patología no recuerda los hechos que han servido a las acusaciones para sustentar la imputación.

La víctima, sin embargo, se ratificó en la denuncia y afirmó que su expareja le seguía «todo el tiempo», se montaba con ella en el autobús, le realizaba tocamientos y hasta le chantajeaba a nivel sexual. En este sentido explicó que dado que tenían un préstamo solidario por la compra de un coche que no podían pagar, el inculpado le decía que le iban a embargar a ella.

Tras valorar las declaraciones y las pruebas existentes, la magistrada condena al acusado por un delito continuado de coacciones leves a once meses de prisión. Asimismo, le sentencia a otros diez meses por otro de maltrato y a ocho días de localización permanente por una falta de vejaciones. De la misma manera, le impone medidas de alejamiento que le impiden acercarse a menos de 200 metros de la víctima, a la que también deberá indemnizar con 150 euros por las lesiones que le causó a consecuencia de la patada.

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