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Imagen del último Congreso de la corporación Mondragón, buque insignia del cooperativismo vasco. SARA SANTOS
Euskadi ultima una nueva Ley de Cooperativas para que el sector compita mejor en el mercado

Euskadi ultima una nueva Ley de Cooperativas para que el sector compita mejor en el mercado

La norma flexibiliza la contratación y limita al capital social la responsabilidad de los socios. El Gobierno Vasco ha redactado junto a sus protagonistas un texto que «liberaliza lo suficiente el segmento y le prepara para el futuro»

JULIO DÍAZ DE ALDA

SAN SEBASTIÁN.

Miércoles, 21 de febrero 2018, 06:49

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Las cooperativas, que en Euskadi facturan más de 9.000 millones de euros al año y emplean a casi 54.000 personas, tienen en Gipuzkoa un peso muy importante en la economía; tanto es así que suponen cerca de un 6% del empleo total y más del 16% del industrial. Todo un universo, esencial para el territorio, cuyo soporte legal, La Ley de Cooperativas del País Vasco de 1993, había quedado un tanto obsoleto y alejado del 'mundo del Siglo XXI'. Por eso el Gobierno Vasco, tras un largo proceso de colaboración y análisis con el sector, ha elaborado un anteproyecto de norma que, en definitiva y como explica la consejera de Trabajo y Justicia, María Jesús San José, «dota al cooperativismo de las herramientas precisas para abordar los retos de futuro que ha de afrontar».

Dicho de otra manera, el texto legal (que se aprobará como proyecto por el Ejecutivo e irá al Parlamento Vasco allá por septiembre para ser aprobado ya en 2019) protege a los cooperativistas de algunas lagunas que en el pasado reciente crearon intensas dudas, incluso sobre el propio modelo, y otorga a las empresas instrumentos para competir de tú a tú con las sociedades mercantiles.

Con el mantenimiento del espíritu cooperativista como «línea roja» infranqueable -subrayan en el gabinete de San José-, el anteproyecto persigue ayudar al sector para contar con «un cooperativismo fuerte, de futuro y con futuro», explica la consejera. «Hemos 'liberalizado' (en el sentido de acercado a las S.A.) el sector lo suficiente para garantizar su pleno desarrollo en el mundo globalizado», añade el viceconsejero, Jon Azkue.

La ley limita la responsabilidad de los socios a su aportación al capital social

San José, en un encuentro con DV para detallar el anteproyecto, explicó que el impulso a la norma responde a «la determinación con que este Gobierno y, en concreto, el departamento de Trabajo y Justicia, apostamos por la economía social y el impulso al cooperativismo». Al tiempo, recordó que el trabajo asociado alcanza en Euskadi cotas inéditas en España e incluso en Europa, y que el País Vasco fue «pionero en el Estado al regular el sector en 1982».

«Queremos que las cooperativas vascas puedan seguir siendo globales en un mundo en permanente cambio y evolución; y que se mantengan como generadoras de riqueza y empleo», sentenció.

Son muchas las novedades y los matices del anteproyecto elaborado por el Gobierno respecto a la anterior norma, pero algunos resultan de especial interés. Por ejemplo, en el capítulo dedicado al gobierno corporativo se incorporan algunos aspectos recientementee adoptados para las sociedades de capital.

Así se regulan algunos deberes de los administradores como los de lealtad o sobre la guarda de secretos. Se señala que el cargo será, como regla general, gratuito, pero se abre la puerta a la remuneración de sus funciones. Una prestación económica que deberá de ser «proporcional a la importancia y la situación de la cooperativa». Del mismo modo y como es lógico, se permite la renuncia de los administradores, pero se matiza que se debe justificar y que si las explicaciones no convencen a la cooperativa «podrá exigirse, en su caso, la correspondiente indemnización por daños y perjucicios». Jon Azkue resaltó que uno de los objetivos de la futura ley es profesionalizar los consejos, y por eso «se amplía de un cuarto a un tercio el número de asientos para no socios en el consejo rector».

También señaló, y esto es un mensaje de calado, que «las cooperativas nunca responden como grupo». Y es que la propuesta de ley suprime las corporaciones cooperativas toda vez que «su función puede ser desarrollada por los grupos cooperativos».

Responsabilidad

Más allá del aspecto orgánico, una de las novedades destacadas se refiere al régimen económico. ¿Qué sucede cuando la cooperativa colapsa? ¿Quien es responsable y hasta donde? El texto deja bien claro en su artículo 59 que «la cooperativa responderá por las deudas sociales con todo su patrimonio presente y futuro, excepto el correspondiente a la contribución para la educación y promoción cooperativa y otros fines de interés público».

¿Y el socio? No hace falta recordar que la caída de Fagor Electrodomésticos puso en duda muchos principios y generó enormes dudas al respecto. Pues bien, el anteproyecto explica en ese mismo artículo que «la personas socias no responderán personalmente de las deudas sociales» y que «su responsabilidad estará limitada a las aportaciones al capital social que hubieran suscrito».

A esto añade que «una vez fijado el importe de las aportaciones a reembolsar, las personas socias que causen baja no tendrán responsabilidad alguna por las deudas que hubiese contraído la cooperativa con anterioridad a su baja».

No queda tan claro el apartado cuarto de este mismo artículo, quedice que «las personas socias que hubieren expresa y específicamente, suscrito contratos o asumido obligaciones con la sociedad cooperativa que por su naturaleza no se extinguen con la pérdida de la condición de socio, responderán de su cumplimiento, aún después de causar baja». Con la polémica suscitada por algunas aportaciones a la extinta Fagor Electrodomésticos, este será otro los puntos que dé juego en la tramitación parlamentaria.

El gran empujón a la competitividad en las cooperativas de trabajo asociado es el que se refiere a la posibilidad de contratar personal por cuenta ajena (para responder, por ejemplo, a picos de demanda), que se eleva del 25% al 30% del total de horas/año de los socios. Esta inyección de flexibilidad, además, se extiende de las cooperativas industriales al resto como, por ejemplo, las de servicios.

Otra de las novedades de calado es que la norma facilita y aclara los eventuales tránsitos desde la fórmula cooperativa a, por ejemplo, una sociedad anónima y se prevé como novedad la segregación. En este apartado cobra relevancia el Consejo Superior de Cooperativas de Euskadi, que recibirá los fondos irrepartibles en algunas operaciones.

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