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Enrique Gómez Bastida, director de la AEPSAD.
España, vigilada por la Agencia Mundial Antidopaje
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España, vigilada por la Agencia Mundial Antidopaje

El Gobierno aún debe adaptar su normativa a la legislación internacional y alargar de dos a cuatro años las sanciosnes a los tramposos

colpisa

Jueves, 19 de noviembre 2015, 17:51

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Horas antes de que se conociese la supensión de Marta Domínguez por parte del alto tribunal del deporte, la Agencia Española de Protección de la salud en el Deporte (AEPSAD) reconoció su inclusión en el «programa de observación» de la Agencia Mundial (AMA) para el cumplimiento del Código de 2015, pero matizó que este problema sólo se debe a que aún está pendiente la modificación de la legislación española, que se llevará a cabo «tran pronto como sea posible», tras las elecciones generales del 20 de diciembre.

La AEPSAD explicó en un comunicado en tono tranquilizador que los países incluidos en este «programa de observación», Brasil, Francia, Bélgica, Grecia, México y España, «son aquellos que por distintos motivos no han adaptado totalmente su normativa a las disposiciones del Código 2015».

En el mismo precisó que en España, «la implementación total del Código conlleva fundamentalmente la introducción de dos nuevas infracciones (complicidad y asociación prohibida), el alargamiento de las sanciones para casos de dopaje intencionado que pasan de dos a cuatro años y la modificación del periodo de prescripción de las infracciones de los ocho años actuales a los 10 previstos en el nuevo Código»

«La Agencia Mundial Antidopaje cuenta ya con el compromiso de la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte de que esta modificación legislativa se llevará a cabo tan pronto como sea posible, tras la constitución de las Cortes Españolas celebradas las elecciones generales convocadas para el próximo mes diciembre», señaló.

Este tipo de procesos normativos, según la AEPSAD, «requieren de periodos de tiempo mayores y por tanto, la AMA permite ampliar en estos casos los plazos para el total desarrllo del Código Mundial en aquellos países que se encuentran en esta situación», agregó la AEPSAD, cuyo director, Enrique Gómez Bastida, asistió el miércoles al Consejo de Fundación de la AMA en Colorado Springs (EE.UU.), donde se adoptó la decisión sobre España.

La Ley Orgánica de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje en la actividad deportiva entró en vigor en verano de 2013 y no considera delito el consumo de sustancias dopantes por parte de los deportistas, pero endurece las sanciones, que en el caso de entrenadores, médicos o masajistas pueden llegar a multas de 400.000 euros.

El texto otorgó mayores poderes la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte, que es la que planifica y ejecutará los controles de dopaje, y contempla la colaboración entre las autoridades penales y las administrativas, ya que acoge la posibilidad de pedir las pruebas al juez, quien, sin tener obligación de darlas, sí deberá ofrecer una respuesta motivada y respetar el principio de proporcionalidad.

Además de luchar contra el dopaje, la ley se centra en proteger la salud de los deportistas mediante un Plan de Apoyo a la Salud para determinar los riesgos, establecer las medidas de prevención necesarias y el fomento de la investigación especializada en asuntos tan delicados como la muerte súbita.

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