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OPInión

Europa dice no a la vigilancia de sus ciudadanos

Una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE ha declarado inválida la directiva por la cual las empresas de telecomunicaciones tiene la obligación de guardar los datos de conexión de los usuarios

JORGE CAMPANILLAS, abogado especializado en Derecho Tecnológico

Miércoles, 9 de abril 2014, 18:23

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Cuando nos conectamos a internet, realizamos una llamada o mandamos un sms la empresa de telecomunicaciones tiene la obligación de guardar toda esa información por si en un momento dado es necesaria en una investigación de un delito (en nuestra normativa supuestamente sólo para delitos graves). Esta obligación se recogió en 2005 en una directiva europea tras el escenario de terror generado por los diferentes atentados ocurridos en Madrid o Londres, y dejándose llevar por la tendencia de los EEUU de protegerse y defenderse a costa de los derechos civiles de sus ciudadanos.

Los irlandeses y sobre todo los austriacos pusieron el grito en el cielo ante la normativa que se aprobó y acudieron a los tribunales al considerarla contraria a los derechos fundamentales recogidos en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, básicamente en los derechos a la intimidad, privacidad y a la protección de datos personales por lo que supone que empresas tengan en sus máquinas tanta información sobre nosotros, sin un control real de los mismos y sin saber qué usos reales se estarán dando a los mismos. Ahora una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado inválida la Directiva y puede hacer crujir y verse todo el ordenamiento que tiene que ver con internet y la persecución de los delitos que se comentan en o a través de ella comprometido, o incluso la protección de otros derechos como la propiedad intelectual.

El tribunal de justicia de la Unión Europea entiende que la directiva establece unas medidas que siendo de interés público como son la protección del terrorismo se han regulado sin ningún examen de proporcionalidad, limitación o excepción siendo una grave injerencia en los derechos fundamentales a la privacidad y protección de datos de los ciudadanos. Además el propio Tribunal establece una paradoja al determinar que no existe ninguna obligación para que estos datos de todas nuestras comunicaciones telefóncias o electrónicas estén almacenados o conservados fuera de la Unión Europea, con todo lo que ello puede suponer ahora que la ciudadanía es consciente del espionaje masivo realizado tras las confesiones de Snowden o de las filtracioens de wikileaks.

La Justicia ha vuelto a poner en su sitio a los estados miembros de la Unión Europea y su anhelo de vigilancia y control y no tanto por no considerar que los ciudadanos europeos no seamos merecedores de tranquilidad y seguridad sino por hacerlo de forma que se conculcan derechos fundamentales que nosotros mismos nos hemos dado. La retención de datos y la persecución de los delitos debe realizarse pero sin atropellar otros derechos fundamentales y sin establecer de facto la culpabilidad de todos.

No olvidemos a B. Franklin: "Aquellos que sacrifican libertad por seguridad no merecen tener ninguna de las dos".

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