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Condenado a cuatro años de cárcel el francés acusado de violar a una mujer en Hondarribia

SUCESOS | HONDARRIBIA

Condenado a cuatro años de cárcel el francés acusado de violar a una mujer en Hondarribia

09.03.10 - 17:56 -
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El súbdito francés acusado de violar a una mujer en Hondarribia, cuyo juicio se suspendió por incomparecencia de la víctima al no poder pagar el viaje desde su país para declarar en España, ha sido condenado ahora a cuatro años de cárcel tras llegar a un acuerdo con la Fiscalía.
Estaba previsto que el juicio por estos hechos se celebrara el pasado 19 de enero pero, ante la ausencia de la perjudicada, la Sección Primera de la Audiencia de Gipuzkoa decidió aplazarlo y facilitar a la víctima los medios para que pudiera acudir a declarar.

17 de diciembre de 2005

Inicialmente, la Fiscalía reclamaba ocho años de reclusión para el procesado por un delito de abuso sexual con penetración pero, tras la llegada a España de la víctima, la defensa del acusado alcanzó un acuerdo con el Ministerio Público por el que reconoció los hechos y la acusación pública rebajó su petición de cárcel hasta los cuatro años, al apreciar en el inculpado la atenuante de haber actuado bajo el efecto del alcohol.
Según la sentencia del caso, a la que hoy ha tenido acceso Efe, los hechos ocurrieron la noche del 17 de diciembre de 2005 en un domicilio de Hondarribia donde el inculpado, que entonces tenía 48 años, y otro hombre celebraron una fiesta con dos ciudadanas guineanas.
Sobre la una de la madrugada del 18 de diciembre, una de las dos mujeres, que había ingerido "una gran cantidad de bebidas alcohólicas", se acostó en el sofá de la sala y se quedó "profundamente dormida".

Sin consentimiento

El documento judicial precisa que el procesado aprovechó el estado en el que se encontraba la víctima para desnudarla de cintura para abajo y mantener "relaciones sexuales completas" con ella, hasta que la perjudicada se despertó "gritando" y alertó de lo ocurrido al resto de personas que se encontraban en la vivienda, momento en el que el inculpado se marchó "de forma precipitada" del lugar.
La sentencia explica que la víctima "en ningún momento previo" había consentido en mantener las relaciones sexuales, ya que su vínculo con el acusado era "de mera amistad".
El escrito aclara que, cuando ocurrieron los hechos, el inculpado "estaba bajo la influencia de bebidas alcohólicas y con sus facultades volitivas e intelectivas alteradas".
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