Quinta sentencia en un año e idénticos argumentos. El Supremo sostiene que el Sistema Integrado de Interceptación Telefónica (Sitel) del Ministerio del Interior es legal, siempre se utiliza bajo control judicial y garantiza la seguridad y privacidad de los pinchazos. Pero esta vez el tribunal, que ya comienza a tener una abultada doctrina sobre el tema, va más allá: Sitel no sólo no es cuestionable legalmente sino que además es «preferible a los modos de intervenciones anteriores a su implantación».
Un día después de que el PP llevara su denuncia contra este sistema al Congreso, la Sala de lo Penal de alto tribunal dio a conocer su nuevo aval a Sitel. En este caso se trata del recurso de dos narcotraficantes gallegos de medio pelo a los que la Guardia Civil pilló, gracias a los pinchazos digitales, con las manos en la masa tras una venta de 13 kilos de cocaína en agosto de 2005. La Audiencia Provincial de Ourense condenó a ambos a cuatro años y medio de cárcel. Sus abogados recurrieron ante el Supremo varios asuntos, entre ellos la legalidad de las escuchas de Sitel, un argumento que ya se ha convertido en un clásico en las apelaciones de los narcos.
Los letrados alegaron que una de las pruebas de cargo, las escuchas, había sido obtenida con un sistema inconstitucional por la «deficiencia en rango normativo regulador de las intervenciones». Lo mismo que sostiene el PP, que también argumenta que Sitel no puede estar bajo el paraguas legal de un reglamento, sino que tiene que ser regulado por una ley orgánica al afectar a derechos fundamentales.
El Supremo, una vez más, niega este argumento. La Sala recuerda que sólo este año -en tres sentencias en marzo y otra en julio- ha dictaminado que Sitel cabe dentro de la actual Ley de Enjuiciamiento Criminal (con rango de ley orgánica). Y que, incluso, a pesar de las reticencias iniciales, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos cree que esa norma, completada por la doctrina ya existente en el Supremo y del Constitucional, «permite el eficaz control judicial en una sociedad democrática» y que cumple con las exigencias del Convenio Europeo.
Los magistrados dicen que es indiferente jurídicamente si las conversaciones grabadas quedan «bajo el control del Ministerio del Interior o de la autoridad judicial» hasta su entrega al juzgado, otro argumento clásico para impugnarlas, como ha hecho este año, sin éxito, el cerebro del caso Malaya, Juan Antonio Roca.