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La Ley de Extranjería permitirá que las ONG asuman la tutela de menores extranjeros

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La Ley de Extranjería permitirá que las ONG asuman la tutela de menores extranjeros

La reforma legal posibilitará a las CC AA la firma de convenios migratorios con otros países

30.10.09 -
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El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó ayer la reforma de la Ley de Extranjería que permitirá, entre otros aspectos, a las ONG y a las entidades privadas asumir la tutela de los menores extranjeros no acompañados. Además, los centros de internamiento de inmigrantes sin papeles podrán retenerlos hasta un plazo máximo de 60 días, en lugar de los 40 días actuales.
La reforma del proyecto, que tendrá que pasar ahora por el Senado, salió adelante por mayoría absoluta con 185 votos a favor de PSOE, PNV, CiU y Coalición Canaria. Asimismo, la cámara aceptó 300 de las 732 enmiendas planteadas.
El nuevo texto de la Ley Orgánica 4/2000, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros, permitirá a las comunidades autónomas conceder permisos iniciales de trabajo y de residencia circunscrita a su propio territorio, establecer relaciones con terceros países para la contratación y tramitación de visados y cobrar las tasas y sanciones administrativas pertinentes.
También podrán conceder autorizaciones de reagrupamiento familiar «concedidas en su territorio». Además podrán certificar el nivel de integración de los inmigrantes, asumir o traspasar la tutela de menores no acompañados y establecer acuerdos con los países de origen para procurar la «atención e integración social de los menores».
En cuanto a los menores no acompañados, el nuevo texto afirma que el Estado y las Comunidades Autónomas «podrán establecer convenios con organizaciones no gubernamentales, fundaciones y entidades dedicadas a la protección de los menores, con el fin de atribuirles la tutela ordinaria» de los mismos.
La ley también detalla los esfuerzos de integración que deberán realizar los inmigrantes para renovar sus permisos de trabajo o residencia y que incluyen la participación en cursos de formación sobre «valores constitucionales y estatutarios», derechos humanos «tolerancia e igualdad» y conocimiento de las lenguas oficiales.
En cuanto a la reagrupación, finalmente y tras mucho debate, queda limitada a los hijos menores de 18 años o mayores con discapacidad, y los padres del reagrupante y su cónyuge «cuando están a su cargo, sean mayores de 65 años y existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar su residencia en España».
Críticas
La Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), Cáritas y la Red Acoge expresaron su preocupación ante la reforma legal porque, aseguran, incluye importantes restricciones que afectarán gravemente a las personas inmigrantes que viven en España.
Por su parte, el portavoz de la Subcomisión de Extranjería del Consejo General de la Abogacía Española, Francisco Solans, afirmó que la reforma tiene avances, pero conserva algún precepto «inconstitucional», como el hecho de que «a los extranjeros se les exijan requisitos procesales que no se exigen a los españoles ante los juzgados». AGENCIAS
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