Imagen de archivo de Rabei Osman El Sayed, 'Mohamed El Egipcio' (de rojo) junto a otros acusados en el interior de la sala blindada, durante una sesión del juicio.
La AVT quiere conocer al autor intelectual de la masacre
La Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) considera que la sentencia pone en evidencia que todavía se desconoce al "autor intelectual" y quién ordenó los atentados del 11 -M.
La AVT se muestra además satisfecha de que tanto la Audiencia Nacional como el Tribunal Supremo hayan compartido la tesis de la asociación de pedir la absolución de "Mohamed El Egipcio" por falta de pruebas.
En cuanto a la autoría intelectual la AVT afirma: "A nosotros nos gustaría poder saber si el autor intelectual fue Bin Laden, su primo o si fue alguien más cercano a nuestra cultura, pero no podemos saberlo realmente, no podemos elegir entre unos y otros, porque en la sentencia dictada en el día de hoy hay cada vez menos islamistas y más confidentes policiales".
Por todo ello, la asociación que preside José Antonio García Casquero ha reclamado a las instituciones del Estado que sigan investigando para que "los autores que concibieron en sus macabras mentes" los atentados, "paguen penalmente por los crímenes cometidos".
Manjón, decepcionada
La presidenta de la 'Asociación 11-M Afectados del Terrorismo', Pilar Manjón, se ha mostrado "decepcionada" con el poder judicial por la sentencia del Supremo sobre el 11-M.
Una resolución sobre la que Manjón ha declarado "estar absolutamente en contra". "Absolver al Egipcio porque no es terrorista cuando está juzgado en Italia por terrorista, queda un poco pillado por alfileres".
"Tengo datos de chicos de la kale borroka que tienen más años de condena por haber quemado un autobús que los autores materiales del atentado que dejo sin vida a 191 ciudadanos de este país", ha lamentado.
También considera "sorprendente" que los tres absueltos de la célula fueran de la calle Virgen del Coro, "de la famosa sede yihadista". De ella "salen los terroristas Basel Ghalyoun, Abdelilah El Fadual El Akil y Mohamed Almallah Dabas". Los tres hoy absueltos.
La única satisfacción se la ha dado la condena a Antonio Toro.
Rabei Osman El Sayed fue absuelto del delito de integración terrorista porque Italia ya lo había condenado por ese delito
Asimismo condena a Antonio Toro a cuatro años de cárcel por tráfico de explosivos, a pesar de que había sido absuelto
Mantiene la condena al autor material de los hechos, Otman El Gnanoui, aunque le resta dos años por falsedad documental
Anula una multa por tráfico de drogas a Hamid Ahmidan, y resta uno de los quince años de prisión impuestos a Hassan El Haski
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rechazado los recursos de la Fiscalía y de la 'Asociación 11-M Afectados por el Terrorismo' y ha ratificado la absolución de Rabei Osman el Sayed, 'Mohamed El Egipcio', en la
sentencia dictada el pasado mes de octubre por la Audiencia Nacional tras el juicio por los atentados del 11-M en Madrid. 'El Egipcio', considerado por el Ministerio Público uno de los cerebros de la masacre, fue absuelto del delito de integración en organización terrorista, por el que ya había sido condenado en Italia.
Una vez estudiados los recursos, y a pesar de que había sido absuelto, el Supremo ha condenado al asturiano Antonio Toro (ex cuñado del minero José Emilio Suárez Trashorras) a cuatro años de cárcel por tráfico de explosivos. Lo contrario ha hecho con cuatro de los 21 condenados: el tribunal absuelve a Basel Ghalyoun y Mohamed Almallah Dabas (sentenciados ambos a 12 años por pertenencia a organización terrorista), Abdelilah el Fadual el Akil (9 años por colaboración con banda armada) y Raúl González Peña 'El Rulo' (5 años por suministro de explosivos). Al trascender el fallo, la Audiencia ha ordenado la
inmediata puesta en libertad de los tres primeros; el cuarto no había ingresado en prisión a la espera de que la sentencia fuera firme por tratarse de una pena inferior a cinco años.
Con este fallo, recogido en 959 folios, el Supremo resuelve en contra de la mayoría de los 31 recursos presentados contra la sentencia dictada en su día por la Audiencia Nacional por los atentados del 11-M, lo que dejará prácticamente cerrado el proceso judicial. El Alto Tribunal ha notificado el fallo esta mañana a las dos asociaciones, varias víctimas particulares, los 21 condenados y uno de los absueltos, 'El Egipcio', que habían recurrido la sentencia.
Reducciones de condena
El Supremo ha estimado parcialmente los recursos de casación interpuestos por otros tres procesados. Se trata de Otman el Gnanoui, al que el Supremo le quita dos años por considerarle inocente del delito de falsedad en documento oficial. Le mantiene la condena como autor material de los hechos, lo que suma un total de 42.922 años de cárcel.
Asimismo, anula una multa por tráfico de drogas impuesta por la Audiencia Nacional a Hamid Ahmidan, y resta uno de los quince años de prisión impuestos a Hassan El Haski, porque esta condena excedía lo máximo previsto en el Código Penal para el delito de pertenencia a organización terrorista.
La polémica absolución de 'El Egipcio'
'El Egipcio'
fue absuelto de la acusación de integración en organización terrorista porque Italia ya lo había condenado por ese mismo delito. Una decisión que había sido recurrida por la Fiscalía y la 'Asociación 11-M Afectados por el Terrorismo' al entender que la sentencia que lo condenó en Italia todavía no es firme lo que, a su juicio, obliga a la Justicia española a imponerle una nueva pena. El TS no ha tenido en cuenta este argumento.
La asociación que preside Pilar Manjón también había recurrido la absolución de los hermanos Antonio y Carmen Toro y había solicitado que se aumentaran las condenas para 5 de los 28 acusados. En concreto, la 'Asociación 11 -M Víctimas del Terrorismo' impugnó las condenas de Rafá Zouhier, al que la Audiencia Nacional impuso una pena de 10 años de prisión; Hassan El Haski, de 15; Youssef Belhadj, de 12; Fouad El Morabit, también de 12, y Abdelmajid Bouchar, de 18.
La 'Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11 -M', que preside Ángeles Domínguez, sólo había recurrido la parte correspondiente a las indemnizaciones que el tribunal concedió a las víctimas, ya que considera que algunas cuantías no son suficientes.