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RSS | ed. impresa | Regístrate | 9 julio 2008

Sociedad

AL DÍA
Condenado por poner una cámara en el aseo de sus empleadas
La Audiencia de Cantabria le impone dos años, si bien le aplica una atenuante por «voyeurismo»
22.05.08 -

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La Audiencia de Cantabria ha condenado a dos años de cárcel a un hombre que instaló una minicámara en el aseo de señoras para captar imágenes íntimas de sus empleadas, tras rebajar la pena que inicialmente se le impuso al entender que padece una alteración psíquica que limita su responsabilidad.
Según se recoge en la sentencia, a finales del verano de 2003 el acusado, Dionisio G.E., gerente de una inmobiliaria, colocó una cámara de vídeo en los aseos de señoras del polígono industrial en donde se halla su oficina para captar imágenes íntimas de sus empleadas. Primero ubicó la cámara en el techo y, después, en el soporte del papel higiénico, de modo que grabó a sus empleadas durante unos dos meses. El procesado captó a tres empleadas, que quedaron grabadas en unas imágenes que después veía en su ordenador personal.
En abril de 2004 un operario descubrió las imágenes cuando se disponía a hacer unas copias de seguridad en el ordenador de Dionisio G.E. y, en compañía de una de las perjudicadas, denunció los hechos a la Guardia Civil.
La sentencia señala que el acusado también realizaba grabaciones aleatorias de mujeres que transitaban por lugares públicos, una conducta que reiteró con una chica, a la que acosó y persiguió.
Problemas de sueño
Como consecuencia de estos hechos, dos de las empleadas que fueron grabadas tuvieron problemas para conciliar el sueño y de nerviosismo, lo mismo que la mujer a la que acosó el acusado, que sufrió además un desequilibrio emocional.
Una de las tres empleadas no reclamó, renunció a toda acción civil y perdonó a Dionisio G.E., que consignó una fianza civil por importe de 30.000 euros por estos hechos. Además, antes del juicio depositó 6.000 euros para cada una de las empleadas a las que grabó.
Por estos hechos, el Juzgado de lo Penal 1 de Santander impuso al acusado una pena de tres años de prisión, a razón de un año y seis meses por cada uno de los delitos contra la intimidad de los que se le acusaba. También le condenó a pagar una multa de 1.800 euros, y a indemnizar a las dos empleadas que denunciaron con 9.000 euros para cada una, con cargo al dinero que consignó antes del juicio.
La Audiencia rebajado ahora la pena de cárcel a dos años menos dos días, al aplicarle como atenuante una alteración psíquica de «voyeurismo». La Sala señala que, de acuerdo con los informes de los psiquiatras, este padecimiento limita «parcialmente» la responsabilidad de los hechos cometidos por el acusado.
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