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RSS | ed. impresa | Regístrate | 7 julio 2008

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PATXI OLABARRIA DIRECTOR DE CENTROS
«Se refuerzan las competencias y la autoridad del profesor»
12.04.08 -

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«Se refuerzan las competencias y la autoridad del profesor»
Patxi Olabarria, en los pasillos de Lakua. [JESÚS ANDRADE]
Patxi Olabarria, director de Centros del Departamento de Educación, afirma que el nuevo decreto impulsa una nueva filosofía de actuación: «Deja de ser un procedimiento administrativo orientado a restaurar el orden legal transgredido para convertirse en un método educativo». Además, refuerza la autoridad del profesor y aplica el criterio de tolerancia cero para quienes maltraten a sus iguales o a sus profesores.
- ¿Cuáles son las principales novedades respecto del decreto vigente?
- El cambio de filosofía y la agilización del procedimiento. A estas podrían añadirse otras, como la creación del observatorio de la convivencia en el centro, la opción por sobreseer el procedimiento mediante vías de consenso y la delegación en primera instancia de la competencia del OMR o Consejo Escolar al director. El decreto deja de ser un procedimiento administrativo orientado a restaurar el orden legal transgredido para convertirse en un método educativo. Se propone que el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes por parte del alumnado contribuya a la adquisición de las competencias básicas propuestas para el sistema educativo por la Unión Europea, la competencia social y ciudadana, que figura también en el currículo vasco para la educación básica.
- ¿Cómo se logra que el procedimiento sea educativo?
- El procedimiento se agiliza sustancialmente sin perder las garantías para el alumno o alumna de forma que la medida se pueda aplicar en el plazo más breve posible, a fin de que no pierda eficacia educativa. Asímismo, se posibilita evitar el procedimiento pudiendo sustituirlo por la vía de conciliación, reparación o compromisos de convivencia, que podrán desplazar el ámbito en el que se produce la corrección de la escuela a la familia.
- ¿El consejo escolar cuándo delegará su competencia en el director?
- El decreto delega en el director la competencia para resolver los temas de convivencia, reduciendo la intervención del OMR o Consejo Escolar a los casos de reclamación ante correcciones por conductas gravemente perjudiciales a la convivencia.
- Se ha dicho que el decreto en vigor era «excesivamente garantista» y en la práctica resultaba ineficaz porque las sanciones no se aplicaban de forma inmediata.
- El carácter garantista del antiguo decreto se mantiene, en cuanto que el principio de audiencia del interesado y la tipicidad y publicidad de las conductas que pueden ser objeto de corrección quedan garantizados. Lo que se evita es la utilización del procedimiento de una manera obstruccionista. De hecho, una corrección que se aplica fuera de tiempo no tiene ningún valor educativo, y no hay por qué mantenerla en el centro.
- ¿El decreto se adapta a realidades como las del bullying o las agresiones a profesores?
- El tratamiento de estos casos, aunque pudiera parecer una excepción al espíritu del nuevo decreto, es parte sustancial de su filosofía. Nada hay más contrario a un contexto educativo que estos dos supuestos. El que un alumno o grupo imponga sistemáticamente su ley por encima de los derechos de los demás va frontalmente en contra de la filosofía del nuevo decreto. Igualmente un profesor agredido, más allá de los propios derechos del profesor, pierde toda su autoridad que le es necesaria no en su beneficio, sino para poder ejercer su labor. Por ello, garantizándose el derecho a la educación del agresor, es preciso mostrar una tolerancia cero con estos incidentes. En estos casos el traslado de centro se propone inmediatamente.
- Hay una impresión muy extendida de que existe un menoscabo cada vez mayor de la autoridad del profesor en el aula.
- En cuanto al tema de la autoridad del profesor en el aula, se refuerza en varios aspectos, no sólo en el tema del desplazamiento inmediato de centro de cualquier alumno agresor, sino también en la atribución de competencia para intervenir de forma directa en cualquier caso de conducta inadecuada, contraria o perjudicial para la convivencia, y en las definiciones de deberes de los alumnos. No obstante, el tema de la autoridad del profesor está ligado al tema de la autoridad en general.
- Grabaciones con móviles a alumnos y profesores, manipular el boletín con las notas, acceso a sitios reservados de la web del colegio.... ¿Cómo responde el decreto a estas nuevas conductas?
- En cuanto al uso de la tecnología en los centros, la respuesta del nuevo decreto es doble. Por una parte las conductas que se mencionan en la pregunta se tipifican todas ellas como contrarias o gravemente perjudiciales a la convivencia, por lo que deben ser objeto de corrección inmediata. Por otra, queda clara en el decreto la competencia del OMR o Consejo escolar para regular su uso, incluyendo la prohibición, y el deber del alumnado de respetar esas regulaciones, como también las de vestuario y similares.
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