MADRID. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) animó ayer al Ministerio de Justicia, a la Fiscalía y a la Junta de Andalucía a que también depuren las responsabilidades en que habría incurrido alguno de sus funcionarios en el escándalo judicial desatado por el caso de Mari Luz Cortés. Ese fue uno de los acuerdos adoptados por la Comisión Disciplinaria que, por unanimidad, decidió abrir un expediente por falta muy grave de desatención contra Rafael Tirado, el magistrado sevillano que tardó más de dos años en ejecutar la sentencia que habría supuesto el encarcelamiento de Santiago del Valle, el presunto asesino de la niña onubense, que murió en enero pasado. Del Valle tendría que haber ingresado en prisión en la primavera de 2006 para cumplir una condena de más de tres años de cárcel por abusar de su propia hija, pero, según el informe de la Inspección, el escaso control que ejercía el juez sobre el trabajo de sus subordinados en el Juzgado Penal 1 de Sevilla y los errores cometidos por la secretaria y alguno de los funcionarios permitieron que el delincuente sexual siguiese en libertad en el momento del crimen.
Las críticas del CGPJ no sólo se refieren a los errores que se han detectado en el trabajo de algunos funcionarios del juzgado, sino también al papel de los acusadores (Fiscalía y Junta de Andalucía) en esta causa. Los vocales entienden que, pese a los más de dos años de dilaciones «no denunciaron demoras o irregularidades en la tramitación de la ejecutoria, ni recurrieron las resoluciones».
La Inspección llegó a la conclusión de que la demora en ejecutar la sentencia firme fue debida a «trámites dilatorios, errores y omisiones» cometidos por los funcionarios y la secretaria judicial, que fueron posibles gracias a «la pasividad», la «dejación de funciones» y la «ausencia de control» por parte del magistrado Tirado sobre la actividad de los funcionarios. La investigación es clara. Concluye que el juez incumplía «de forma habitual» sus obligaciones de asegurar la ejecución de las sentencias, «ya que no existía ninguna actividad de supervisión y control» sobre el trabajo de sus subordinados. Se llega al error judicial porque se tardó un año y ocho meses en averiguar el domicilio del sospechoso. COLPISA