Saltar Menú de navegación
Hemeroteca |
RSS | ed. impresa | Regístrate | 3 diciembre 2008

Política

política
Archivan la denuncia de Manos Limpias contra Odón Elorza por no colocar la bandera española en el ayuntamiento
El Juzgado de Instrucción número 4 de San Sebastián ha archivado la denuncia que la organización Manos Limpias presentó contra el alcalde de San Sebastián, Odón Elorza, por no colocar la bandera española a diario en el Ayuntamiento donostiarra, en un auto al que hoy ha tenido acceso Efe.
11.12.07 - 19:03 -
Vota
0 votos

Cerrar Envía la noticia

Rellena los siguientes campos para enviar esta información a otras personas.

Nombre Email remitente
Para Email destinatario
Borrar    Enviar

Cerrar Rectificar la noticia

Rellene todos los campos con sus datos.

Nombre* Email*
* campo obligatorioBorrar    Enviar
Elorza, que compareció ante el citado juzgado el pasado 30 de noviembre arropado por su equipo de gobierno, integrado por el PSE/EE, EB y Aralar, fue el primer alcalde español citado a declarar por este motivo, después de que Manos Limpias presentara una denuncia en la que le imputaba sendos delitos de desobediencia, prevaricación y abandono de funciones.
Manos Limpias basaba su acusación en una sentencia del Tribunal Supremo (TS) que, en su opinión, "obliga a que la bandera nacional ondee diariamente con carácter de permanencia, no de excepcionalidad, no de coyuntura y en todo momento en los edificios públicos".
Sin embargo, el auto emitido hoy por el juzgado considera que el comportamiento de Elorza no resulta "constitutivo de ilícito penal". ya que la sentencia del TS "en absoluto establece ninguna obligación respecto del Ayuntamiento" de San Sebastián, ni establece "requerimiento formal alguno" para "la realización de cierta y determinada conducta".
Respecto al presunto delito de prevaricación que Manos Limpias imputaba a Elorza por haber dictado supuestamente una resolución para no izar la bandera española, el auto afirma que no hay "constancia" de la existencia de este documento.
La resolución, contra la que aún cabe recurso ante el mismo juzgado y ante la Audiencia de Guipúzcoa, también tiene en cuenta la "negativa rotunda" que expresó el alcalde socialista ante este hecho en la declaración que prestó ante el juzgado.
En cuanto al presunto delito de abandono del deber de perseguir delitos, el auto no aprecia "hechos singulares en los que sostener" esta imputación.

Comparte esta noticia

¿Qué es esto?

Vocento
SarenetRSS