Politica
Justificación de las ayudas recibidas
05.11.07 -
Las asociaciones de víctimas tienen «la obligación de realización y justificación de las actividades y programas subvencionados y de reintegrar las cantidades que no correspondan a gastos correctamente realizados». La nueva legislación incluye una lista de irregularidades que pueden obligar a las asociaciones de víctimas a devolver el dinero del Estado, incluso a pagar intereses de demora.
Desde hace seis meses, las normas de Interior establecen que no cualquier colectivo que asegure ayudar a las víctimas podrá optar a las ayudas. Sólo tendrán subvenciones aquellas organizaciones que «acrediten el alcance de su representatividad dentro del colectivo de víctimas del terrorismo» y su capacidad para poner en marcha programas de asistencia. Aún así, los colectivos podrán ser excluidos de las futuras ayudas si «no han justificado suficientemente las ayudas recibidas con anterioridad del Ministerio del Interior».
Desde hace seis meses, las normas de Interior establecen que no cualquier colectivo que asegure ayudar a las víctimas podrá optar a las ayudas. Sólo tendrán subvenciones aquellas organizaciones que «acrediten el alcance de su representatividad dentro del colectivo de víctimas del terrorismo» y su capacidad para poner en marcha programas de asistencia. Aún así, los colectivos podrán ser excluidos de las futuras ayudas si «no han justificado suficientemente las ayudas recibidas con anterioridad del Ministerio del Interior».




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